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Documento BOE-B-2019-54915

Extracto de la Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo por la que se aprueba la convocatoria de Lectorados MAEC-AECID en Universidades Extranjeras para el curso 2020/2021

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 19 de diciembre de 2019, páginas 70983 a 70984 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-B-2019-54915

TEXTO

BDNS(Identif.):486905

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la Sede Electrónica de la AECID (https://www.aecid.gob.es):

Primero. Beneficiarios:

Solicitantes de un lectorado vacante o nuevo: Ciudadanos españoles, con edad no superior a los 37 años en el primer día del mes de inicio del lectorado, que cumplan todos los requisitos establecidos en la base segunda de la convocatoria.

Solicitantes de renovación de lectorado: Ciudadanos españoles que ostenten la condición de lector MAEC-AECID por un período consecutivo inferior a tres cursos académicos en la misma universidad, que cumplan todos los requisitos establecidos en la base segunda de la convocatoria.

Segundo. Finalidad:

Ayudas para enseñar español en las universidades extranjeras relacionadas en la convocatoria que contribuyan al fortalecimiento y promoción de la enseñanza del español, a la formación y a la adquisición de experiencia docente de los lectores en la enseñanza del español como lengua extranjera.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional (BOE núm. 99, de 26 de abril de 2005)

Cuarto Cuantía:

Importe total de la convocatoria: 2.311.076 Euros.

Importe individual: el establecido para cada destino incluido en el anexo I de la convocatoria.

Nº máximo de beneficiarios: 137

Las ayudas consisten en: dotación mensual que variará en función del país y universidad de destino; ayuda de viaje de incorporación de acuerdo con el país de destino; seguro de asistencia en viaje y de accidentes durante el período de vigencia de la ayuda; hasta 200€ para la adquisición de material didáctico para la enseñanza del español en los términos especificados en la convocatoria y bolsas de viaje en compensación por gastos para asistir a reuniones de lectores sobre temas o actividades relacionadas con las funciones propias del programa de lectorados.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Lectorados vacantes o nuevos: del 13 de enero al 6 de febrero de 2020.

Lectorados de renovación con fecha de inicio entre los meses de junio y octubre de 2020: del 13 al 20 de enero de 2020.

Lectorados de renovación con fecha de inicio en diciembre de 2020 y enero de 2021: del 27 de abril al 4 de mayo de 2020.

El régimen horario del cómputo de plazos se establecerá de acuerdo con el calendario, fecha y hora oficial publicado en la Sede Electrónica de la AECID. Todos los plazos finalizarán los días especificados a las 14:00:00 horas del registro telemático de la AECID.

Sexto. Otros datos de interés.

Las solicitudes tendrán que ser cumplimentadas debida y enteramente en español, en el formulario correspondiente, por vía telemática, conformado en www.aecid.gob.es, de forma completa y verídica, quedando ulterior y automáticamente eliminadas aquellas solicitudes no presentadas por vía telemática. Antes de rellenar el formulario, los interesados deberán estar registrados en la sede electrónica de la AECID, carpeta del ciudadano, a efectos de comunicación y notificación.

Todos los solicitantes adjuntarán la documentación relacionada en la base cuarta de la convocatoria, en formato electrónico.

De acuerdo con la Orden AEC/2776/2011, de 7 de octubre las notificaciones y comunicaciones con la AECID deberán realizarse utilizando sólo medios electrónicos.

Madrid, 9 de diciembre de 2019.- El Presidente de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), la Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Ana María Calvo Sastre.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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