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Documento BOE-B-2019-53131

BADALONA

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 11 de diciembre de 2019, páginas 68380 a 68380 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-53131

TEXTO

Doña Mercè Valls Pruna, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Badalona,

Hago saber:

Que en el Concurso consecutivo 784/2018 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de SONIA ABUNUJUM DE LAPAZ, con NIF 53288623S, con domicilio en Calle Roselló, 5.º, 3.ª, 08912 - Badalona.

Asimismo se acuerda el archivo de las actuaciones por la concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho a Sonia Abunujum de Lapaz, en la modalidad del art. 178 bis 3.4º LC, con carácter definitivo, respecto de todos los créditos del deudor, aún los no comunicados, incluyendo a sus fiadores.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Badalona, 22 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Mercè Valls Pruna.

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