Prórroga del Coto de Caza de Campillo de Aranda BU-10712. Notificaciones infructuosas a colindantes o con dirección desconocida.
A tenor de lo establecido en la disposición transitoria séptima y artículo 21.4 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, artículo 18 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV 'De los Terrenos' de la Ley anterior, y artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace saber a aquellos propietarios de las fincas rústicas de los polígonos 501, 502, 503, 504, 505, 506, 507, 508, 509, 510, 511, 512, 513 y 514 del Ayuntamiento de Campillo de Aranda, que pertenecen al coto BU-10712, cuya notificación ha resultado infructuosa o se desconoce su domicilio, que disponen de un plazo de diez días para presentar las alegaciones que estimen oportunas en caso de oponerse a la inclusión de sus fincas en el coto referenciado, en el Ayuntamiento de Pedrosa del Príncipe. De no oponerse expresamente por escrito en el plazo señalado, se considerará que prestan su conformidad a la inclusión de las fincas de su propiedad a efectos del aprovechamiento cinegético en el coto de caza BU-10712 hasta el 31 de marzo de 2044.
Campillo de Aranda, 27 de noviembre de 2019.- Presidente del Coto de Caza de Campillo de Aranda (Soc. de Cazadores de Campillo de Aranda), Félix González del Val.
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