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Documento BOE-B-2019-52464

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 4 de diciembre de 2019, páginas 67493 a 67493 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-52464

TEXTO

EDICTO

Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente,

Hago Saber:

1º.- Que en Sección I Declaración Concurso 0000637 /2019, NIG número 30030 47 1 2019 0001247, seguido en este órgano judicial se han dictado en fecha 28 de noviembre de 2019 autos de declaración de concurso de Manuel López Benavente, con DNI número 29062379Q, y apertura de la liquidación, con domicilio en calle Jara Camilo número 2, 5° F. CP 30500 Molina de Segura (Murcia).

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición de la deudora.

3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4º.- La identidad de la Administración concursal es Juan Francisco Ruiz Jiménez, Economista.

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: Avenida Pablo Picasso número 65. Yecla (Murcia). Teléfono 629 005 616 y fax 968 791 976.

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: jfruiz@economistas.org

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

6º.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

7º.- Poner de manifiesto el plan de liquidación presentado por con la solicitud de concurso para ser informado por la Administración concursal y para que los acreedores puedan realizar alegaciones en el plazo de 10 días.

8º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es en el Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Murcia, 29 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

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