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Documento BOE-B-2019-52288

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 3 de diciembre de 2019, páginas 67240 a 67241 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-52288

TEXTO

EDICTO

Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado Administración Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,

Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 1128/2019 habiéndose dictado en fecha 19 de noviembre de 2019 por el Ilustrísimo señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

DISPONGO

Que debo acordar y acuerdo declarar en estado de Concurso Voluntario a la entidad Auto Electricidad Camvi, S.A.U., cuyos datos son:

CIF número A96354642.

Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 5090, hoja V39044 y con domicilio social en Sueca, Camino Viejo de Valencia número 40.

y la Conclusión del Concurso por insuficiencia de masa activa con la que atender el pago de los créditos contra la masa.

Acuerdo la disolución y la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad con la consiguiente cancelación de su hoja registral.

Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la Ley Concursal, en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Valencia.

Expídase por el señor Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro Mercantil en el que figure inscrita la sociedad, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de Internet. Asimismo deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndole un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley, la Sección Primera del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.

Notifíquese esta resolución al deudor.

Contra este auto cabe interponer Recurso de Apelación en un plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE (artículo 176 bis apartado 4 LC).

Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe.

Valencia, 20 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

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