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Documento BOE-B-2019-50162

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 22 de noviembre de 2019, páginas 64530 a 64530 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-50162

TEXTO

Don Alejandro Rodríguez Roca, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Hace saber:

Que en el procedimiento concursal 0000424/201 9, seguido a instancias del Procuradora doña Concepción Soto Ros, en nombre y representación de Planos, Gestión y Construcción, S.L., se ha dictado Auto el día 17 septiempre 2019, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Planos, Gestión y Construcción, S.L., con CIF, n.º B35812726, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunas, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a: don Fernandez Martínez Sanz, abogado, el cual ha designado como domicilio postal en Paseo General Martínez Campos, n.º 42, bajo A, 28010 Madrid, teléfono 911738109 y fax 911738109, así como dirección electrónica mgt@martinezsanzabogados.com

El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales mediante su autorización o confomidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidas de Letrado (art. 184.3 LC.)

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21. 5 y 23 de la Ley Concursal, se expíde el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 27 de septiembre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Alejandro Rodríguez Roca.

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