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Documento BOE-B-2019-48759

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 15 de noviembre de 2019, páginas 62733 a 62733 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-48759

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 664/2012, en el que figura como concursado/a Susana Santisteban Portillo y Jon Ander Lambea Aranguiz Dni/Nif y Dni/Nif 30659845V y 30642230C, se ha dictado el dia de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación.

La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.

Se concede, con carácter provisional, a D ª Susana Santisteban Portillo y a D. Jon Ander Lambea Aranguiz el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho en la modalidad del artículo 178 bis. 3.5ª LC, quedando exonerados los créditos ordinarios y subordinados, que no sean públicos, ni de alimentos, pendientes a esta fecha, aunque no se hubieran comunicado. Respecto a los créditos enumerados en el artículo 90.1, la parte de los mismo que no haya podido satisfacerse con la ejecución de la garantía quedará exonerada salvo que quedara incluida, según su naturaleza, en alguna categoría distinta a la de crédito ordinario o subordinado.

Se aprueba el siguiente paln de pagos: los concursados abonarán 200 euros mensuales durante 5 años para satisfacer la deuda no exonerada.

Transcurrido el plazo de 5 años sin revocación del beneficio, el deudor podrá solicitar la exoneración definitiva ante el juez del concurso, que la acordará por auto si se hubiese cumplido el plan de pagos.

Modo de impugnación: recuso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (art. 455 de la LEC)

Bilbao, 24 de octubre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jaime Mourenza.

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