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Documento BOE-B-2019-4867

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2019, páginas 6178 a 6179 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-4867

TEXTO

Cristina Cifo González letrada de la Administración de Justicia del juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante,

Hace saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento de jurisdicción voluntaria n.º 790/18, a instancia de Katharina Fechner, representada por el procurador Bonet Camps José V., contra Banco Sabadell representado por la procuradora Carmen Vidal Maestreen el que se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación

Letrado de la Administración de justicia que la dicta: D.ª Cristina Cifo González.

Lugar: Alicante.

Fecha: 4 de diciembre de 2018.

Por turnada a este juzgado la anterior solicitud de expediente de jurisdicción voluntaria por adopción de medidas por destrucción de cheque bancario formulada por el procurador José Vicente Bonet Camps, en nombre y representación de Katharina Fechner se tiene por comparecido en el presente expediente y entiéndanse con dicho procurador las sucesivas diligencias en la forma dispuesta en la Ley.

Con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Jurisdicción voluntaria 15/2015 de 2 de julio en su art. 132 y sig. Comuníquese al emisor del cheque Banco Sabadell, la presente demanda con entrega de copia, señalándose para la celebración de la comparecencia el día 12 de febrero de 2019 a las 10:00 horas.

Comuníquese el inicio del expediente a Cristina Morato Moraguez y el señalamiento de la comparecencia como interesada en el procedimiento a través de correo certificado.

La comparecencia se efectuará en la sala de vista n.º 9 de este juzgado sita en la 1ª planta, salvo que hubiera imposibilidad de utilizar los medios del registro tal y como ordena la Ley, en cuyo caso se procederá a su celebración en la oficina judicial de conformidad con lo dispuesto en el art. 146 de la LEC, debiendo verificar por procedimiento informático el levantamiento del acta correspondiente.

Las partes deberán comparecer por medio de abogado y procurador.

Si no compareciere el solicitante ni alegar justa causa, se le tendrá por desistido y se archivará el expediente.

Si no lo hace el requerido ni manifestare justa causa para no concurrir, se celebrará el acto y continuará el expediente sin más citaciones ni notificaciones que la ley disponga.

Previo a todo ello procede la publicación de la presente resolución en el BOE y en el periódico de mayor circulación que se designe a los fines de la citación de quien pudiere estar interesado.

Procédase a la entrega de los oficios al procurador para que cuide de su diligenciamiento.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días desde su notificación, ante el letrado A. Justicia que la dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Fdo.- El/La letrado A. Justicia.

Se expide el presente para que sirva de citación a quien pueda estar interesado en el presente expediente, significando que la publicación ha sido interesada por Katharina Fechnner acordándose la publicación a su costa.

Alicante, 30 de enero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Cifo González.

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