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Documento BOE-B-2019-43245

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 14 de octubre de 2019, páginas 55492 a 55492 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-43245

TEXTO

Doña M. José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1629/2019 Sección: D

NIG: 0801947120198018121

Fecha del auto de declaración 30/9/19.

Clase de concurso. Voluntario

Persona concursada. Doña Amadora Mena Lozano, mayor de edad, con NIF n.º 33930247ª, y domicilio en calle Doña Blanca, 115, 08560 – Manlleu (Barcelona)

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal: Don Antonio de Alba Quirós, con domicilio en calle Balmes, 28, 3.º 1.ª de Barcelona y dirección electrónica dealba@denverabogados.com

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C)- Barcelona.

Habiéndose acompañado el plan de liquidación con la solicitud del concurso, se da traslado por plazo de diez días a la concursada y acreedores personados, a fin de que puedan formular alegaciones al mismo. Además en el mismo plazo los acreedores podrán hacer alegaciones a las concurrencias de los requisitos de necesarios para la exoneración del pasivo insatisfecho del deudor y podrán manifestarse, en su caso, sobre la concurrencia para la apertura de la Sección Sexta.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: http://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 30 de septiembre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Hompanera González.

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