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Documento BOE-B-2019-41178

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 2 de octubre de 2019, páginas 52958 a 52958 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-41178

TEXTO

EDICTO

Doña CARMEN GINER FUSTE, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 17 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se siguen autos de concurso Abreviado con el número 485/2019, en los que se ha dictado Auto de fecha 15 de julio de 2019 por el que se declara el estado de concurso, con los siguientes datos:

Número de asunto. Sección primera: declaración del concurso 485/2019.

NIG: 46250-42-1-2019-0014006.

Tipo de concurso: Consecutivo y Voluntario.

Entidad/Deudor concursado: Doña MARÍA MAGDALENA MERCHÁN GONZÁLEZ con NIF número 22692404Y.

Régimen de facultades del deudor: Suspensión.

Administrador Concursal: Doña María Dolores Palomo Navarro con domicilio profesional en Valencia, calle Hernán Cortés número 17 primera y dirección de correo electrónico: madopalomo@icav.es

Llamamiento a los acreedores: El llamamiento a los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección indicada del administrador, en el Plazo de UN MES desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el BOE.

No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en el Juzgado.

Examen de los autos: Los acreedores no comparecidos en forma podrán solicitar de este Juzgado el examen de aquellos documentos o informes que consten en autos sobre sus créditos, acudiendo para ello personalmente a este Juzgado o por medio de procurador que los represente y para dicho examen no estarán obligados a personarse (artículo 185 Ley Concursal).

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 Ley Concursal). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial.

Dirección electrónica del Registro Público Concursal: Las demás resoluciones que traigan causa de este concurso se publicarán en la siguente dirección electrónica: www.publicidadconcursal.es

Valencia, 26 de septiembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Carmen Giner Fusté.

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