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Documento BOE-B-2019-41018

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 1 de octubre de 2019, páginas 52744 a 52745 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-41018

TEXTO

Doña Mónica Rubio Solanes, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valencia, por el presente,

Hago Saber:

Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de persona física Alejandro Luis Almazán Díaz con el número de registro 39/2019 en cuyo seno se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte Dispositiva

1.- Se admite a trámite la solicitud presentada por Jaime Igual Gorgonio, Mediador Concursal, y se Declara El Estado de Concurso Consecutivo Necesario de Alejandro Luis Almazán Díaz.

2.- Se nombra Administrador concursal a Jaime Igual Gorgonio, a quien se notificará por conducto urgente dicha designación a fin de que sin dilación comparezca en este Juzgado para aceptar y jurar el cargo.

Notifíquese el nombramiento al Colegio correspondiente haciendo constar que se hace en el seno del Concurso Consecutivo, habiendo, sido designado previamente como Mediador concursal por el Notario ante el que se ha tramitado el proceso de AEP.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades patrimoniales y de disposición de los concursados, siendo sustituidos por la administración concursal en los términos previstos en el Título III de la Ley Concursal, dado que con la presente resolución se acuerda la apertura de la sección de liquidación.

4.- Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE.

Remítanse las correspondientes notificaciones al Registro Público Concursal de conformidad, al artículo 198 LC.

Notifíquese personalmente a los acreedores de los concursados que resultan de la relación aportada por el solicitante, a fin de que procedan a comunicar sus créditos en plazo legal.

5.- Líbrese exhorto oportuno al Registro Civil donde conste inscrito el deudor, para la inscripción de la Declaración de Concurso Consecutivo Voluntario con suspensión de las facultades administrativas y de disposición así como el nombramiento del Administrador concursal.

6.- Comuníquese la fecha de declaración de concurso, con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombramiento de la Administración concursal, al Juzgados Decano correspondiente para información a los Juzgados del orden civil, social, penal y contencioso administrativo a los efectos previstos en el art. 50 a 57 de LC; en concreto al Juzgado Decano de Valencia.

8.- Fórmense las secciones segunda, tercera, cuarta y quinta del concurso.

9.- Comuníquese igualmente la presente resolución a la TGSS y Agencia Tributaria, Y al FOGASA a los efectos del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese la presente resolución al consursado y expídanse los mandamientos, oficios, exhortos y notificaciones conforme a lo ordenado.

Entréguense los mandamientos, notificaciones, publicaciones y exhortos a la AC solicitante a los efectos de que realice las actuaciones pertinentes conforme se ordena en el presente auto, haciéndole saber que deberá acreditar conforme a los artículos 172.2, 168.2 y 176 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 y la Disposición Final quinta el cumplimiento de los mismos.

MODO DE IMPUGNACION: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma. Doy fe.

Y para que se lleve a cabo la publicación anteriormente dispuesta, se expide el presente

Valencia, 31 de julio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Mónica Rubio Solanes.

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