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Documento BOE-B-2019-40282

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 27 de septiembre de 2019, páginas 51844 a 51844 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-40282

TEXTO

EDICTO

El Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia

1º.- Que en el procedimiento número 138/2019, con NIG 1808742120190002761, por auto de fecha 28 de junio de 2019 se ha declarado en concurso de acreedores a los deudores don José Andrés Ávila Valenzuela, con DNI número 44272101E, domicilio en calle Pavía número 7, Bajo A Granada y Doña Lydia Ros Molina, con DNI número 24266224M, domicilio en calle Pavía número 7, Bajo A Granada.

2º.- Se acuerda la apertura de la fase de liquidación y la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal (LC).

3º.- Se acuerda la extinción del derecho a la obtención de alimentos con cargo a la masa activa, fijándose ante la existencia de dos hijos menores a cargo del matrimonio, la suma mensual de 1.800 euros en concepto de alimentos para la unidad familiar.

4º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido: Don José Andreu Llópez.

Domicilio: Calle Pedro Antonio de Alarcón nº 13, 3º Izquierda Granada.

Despacho para el ejercicio del cargo en calle Pedro Antonio de Alarcón nº 13, 3º Izquierda Granada.

Profesión: Economista Auditor.

Correo Electrónico: jose.andreu@coev.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Granada, 16 de julio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Milagrosa Fernández Galisteo.

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