EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,
ANUNCIA:
1º.- Que en el procedimiento número 591/19 por auto de fecha 12 de julio de dos mil diecinueve, se ha declarado en concurso voluntario al deudor GARBIONDA, S.L., con CIF. B- 93330082, domicilio en Málaga, calle Hermes, 4, 1º B 29010, ático centro de principales intereses.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.
3º.- Que la Administración concursal la integra don Rafael Medina Pinazo, Letrado con D.N.I. nº 52579908-E, con domicilio en calle Alarcón Luján nº 1, 1º, 29005 Málaga, Tlf: 952214620, y lo hace en nombre de Medina Pinazo Concursal, S.L., Administración concursal designada, en su calidad de Administrador único, designándose así mismo como persona física, con dirección de correo electrónico concursogarbionda@medinapinazoabogados.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de UN MES a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 16 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración concursal, José María Casasola Díaz.
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