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Documento BOE-B-2019-3916

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 2019, páginas 4970 a 4970 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-3916

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado [CNA]000398/2014-K sobre declaración de concurso de la mercantil IPP, S.A., con domicilio en Polígono Industrial Tres Hermanas, parcela 1, Aspe/Alicante, y CIF A-03257656, se ha dictado auto de fecha 08/01/2019, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Parte dispositiva.

1. Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

2. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4. Aprobar la rendición de cuentas de la Administración concusal.

5. Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.

6. La presente resolución una vez firme se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.

Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno.

Se expide el presente.

Alicante, 8 de enero de 2019.- Letrada de la Administración de Justica, Pilar Solanot García.

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