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Documento BOE-B-2019-3682

GUADALAJARA

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2019, páginas 4671 a 4671 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-3682

TEXTO

D.ª Ascensión Domínguez Domínguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Guadalajara. Hago saber:

1º.- Que en Sección I declaración de concurso 0001662 /2018 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 14 de enero de 2.019, Auto de declaración de concurso de AVICULTORES CENTRO ESTE SL, con CIF nº B-19273499, con domicilio social en Almoguera (Guadalajara), Camino de la Llana s/n.

2º.- Se ha acordado la disolución de la citada mercantil, y el cese de los administradores o liquidadores, suspendiéndose al deudor en el ejercicio de las facultades de Administración y disposición sobre su patrimonio, que será sustituido por la Administración Concursal.

3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4º.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: D. Santiago Pla y Pascual.

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: C/ O´Donnell n.º 16, 5.º, Madrid.

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: concursoavicultores@ockham.ac.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

Guadalajara, 23 de enero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Ascensión Domínguez Domínguez.

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