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Documento BOE-B-2019-35016

JEREZ DE LA FRONTERA

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 2019, páginas 44841 a 44842 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-35016

TEXTO

Edicto

En el presente procedimiento Concurso Ordinario 1418/2016 seguido a instancia de María Jesús Galindo Guerrero frente a Agencia Estatal de Administración Tributaria, José Carlos Díaz Ordóñez, Domingo Cardoso Navarro, Enrique Gordillo Jiménez, Endesa y El Corte Inglés se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Sentencia

En Jerez de la Frontera, a 18 de octubre de dos mil dieciocho.

Visto por el Ilustrísimo Señor don José Gálvez Jiménez Magistrado-Juez del Juzgado Primera Instancia número 3 de Jerez de la Frontera, los presentes autos de procedimiento concursal número Concurso Ordinario 1418/2016 del concursado María Jesús Galindo Guerrero representado por el Procurador señor José María Palomino Rodríguez y defendido por el Letrado don José Carlos Díaz Ordóñez.

Fallo

1.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por María Jesús Galindo Guerrero que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, desplegando aquél los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la Ley Concursal a partir de la firmeza de esta sentencia.

2.- Desde la fecha de eficacia del convenio cesan todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que se establecen en el propio convenio, salvo los deberes de colaboración e información establecidos en el artículo 42 Ley Concursal, que subsistirán hasta la conclusión del procedimiento.

3.- Con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la sentencia aprobatoria del convenio, la deudora informará al juez del concurso acerca de su cumplimiento.

4.- La administración concursal rendirá cuentas de su actuación dentro del plazo de dos meses. El informe de rendición de cuentas será remitido mediante comunicación telemática a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento por la administración concursal. No obstante su cese, el administrador concursal conservará la legitimación para continuar los incidentes, en su caso, en curso, así como para actuar en la sección sexta hasta que recaiga sentencia firme.

5.- Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado.

6.- Líbrese mandamiento al Registro civil del concursado para la inscripción de la sentencia.

7.- Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración del concurso y el informe de la administración concursal. En el plazo de los diez días siguientes a la publicación de esta sentencia cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuando considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Dentro de los 15 días siguientes a la expiración de los plazos para personación de los interesados, la administración concursal presentará al juez un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación de concurso, con propuesta de resolución.

8.- Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz en el plazo de los 20 días hábiles siguientes a su notificación (artículo 197 Ley Concursal).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- La presente sentencia una vez extendida y firmada se deposita en la oficina judicial a los fines de su notificación. Doy Fe. ""

Y encontrándose dicho acreedor Enrique Gordillo Jiménez en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Jerez de la Frontera (Cádiz), 25 de febrero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Jerez de la Frontera (Cádiz), Ana María García García.

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