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Documento BOE-B-2019-34748

Resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se da publicidad a la solicitud de modificación del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Protegida (DOP) "CAVA".

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 2019, páginas 44433 a 44434 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2019-34748

TEXTO

Ha tenido entrada en esta Dirección General la solicitud del Consejo Regulador de la DOP "Cava" de modificación de su pliego de condiciones, en base al acuerdo adoptado en el Pleno de 30 de octubre de 2018.

Esta solicitud consiste en incluir una limitación a la inscripción en el registro de viñas, del viñedo reinjertado.

Dicha propuesta fue remitida el 3 de enero de 2019 a las Comunidades Autónomas territorialmente afectadas: Aragón, Cataluña, Extremadura, La Rioja, Navarra, País Vasco y Valencia, para que emitieran informe según lo establecido en el artículo 8.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas. Sólo se recibió informe negativo de la Comunidad Valenciana y de Extremadura.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 8 del Real Decreto 1335/2011, se convocó, el 6 de febrero de 2019, la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada, para una votación telemática, con fecha límite de 11 de febrero de 2019, con la participación de las autoridades competentes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de las siete Comunidades Autónomas indicadas en el párrafo anterior, y solamente votó negativamente Extremadura. Y se acordó, por mayoría, la continuación del procedimiento de tramitación de la solicitud.

En consecuencia, de acuerdo con las facultades que el artículo 8.3 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, atribuye a esta Dirección General, resuelvo continuar el procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP «Cava» y, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y10 del citado Real Decreto, ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acto administrativo sobre dicha solicitud, junto con un enlace al pliego de condiciones y su documento único, modificados. Todo ello, según lo previsto en el artículo 96 del Reglamento (UE) Nº 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, que estable un plazo de dos meses, a partir de la fecha de la publicación que se ordena, para que cualquier persona física o jurídica que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos derechos o intereses, considere afectados, pueda oponerse, mediante la correspondiente declaración motivada, dirigida al órgano competente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

La dirección de la página web de dicho Ministerio, en que se encuentran publicados el pliego de condiciones y el documento único, con las modificaciones solicitadas, es la siguiente:

https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/temas/calidad-agroalimentaria/calidad-diferenciada/dop/htm/documentos_dop_cava.aspx

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante la Secretaria General de Agricultura y Alimentación, de conformidad con lo prevenido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de la Administraciones Públicas.

Madrid, 5 de julio de 2019.- Director General de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero Velasco.

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