El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena, en su sesión ordinaria celebrada el 26 de junio de 2019, en virtud de las facultes conferidas por el artículo 30.5 Letra n) así como a lo previsto en la Disposición Transitoria Décima del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, por unanimidad, adoptó el acuerdo de otorgar a la mercantil "Bergé Marítima, S.L.", la ampliación de plazo inicial de Ocho (8) Años, a la concesión administrativa con destino a "Recepción, pesaje y distribución de graneles sólidos embarcados y/o desembarcados por vía marítima, así como a la constucción/instalación de un centro de transformación de energía eléctrica de 50 Kva., para dar servicio a su nave-almacén, así como las correspondientes conducciones eléctricas (C-96)"
Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 88 en concordancia con el artículo 85.7 del citado Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Cartagena, 19 de julio de 2019.- El Director General, Fermín Rol Rol.
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