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Documento BOE-B-2019-30111

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 4 de julio de 2019, páginas 37800 a 37800 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-30111

TEXTO

Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de Asunto. Concurso consecutivo 989/2017 y 990/2017 Sección: E.

NIG: 0801947120178007183.

Fecha del auto de declaración. 7 de diciembre del 2017.

Clase de Concurso: Voluntario.

Entidad Concursada. Juan Ibáñez Campa, Miguel Ibáñez Salvador, con 39094506A y 45467364K respectivamente.

Administradores concursales.

Se ha designado como Administrador concursal a ALBERT DE BUEN FARRÉS.

Dirección postal: Calle Balmes 90, Ppal. 1ªB, 08008 Barcelona.

Dirección electrónica adebuenf@hotmail.com

Régimen de facultades del concursado. suspendidas

Se ha abierto la Sección 5ª de Liquidación y se ha presentado el Plan de Liquidación por lo que se conoce el plazo contemplado para la comunicación de crédito para la presentación de alegaciones al mismo.

Se ha presentado también el informe previsto en el art. 75 de la Ley Concursal por lo que las impugnaciones al mismo deberán presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de los créditos.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC) en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina Judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 112 – Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 14 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta García.

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