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Documento BOE-B-2019-29009

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 29 de junio de 2019, páginas 36386 a 36387 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
TRIBUNAL DE CUENTAS
Referencia:
BOE-B-2019-29009

TEXTO

DEPARTAMENTO 2.º

Don JAIME VEGAS TORRES, Secretario del Procedimiento de Reintegro por Alcance n.º B-225/15-05, Comunidades Autónomas (C.ª de Empleo –Ayudas destinadas a Empresas para la Financiación de Planes de Viabilidad– Promociones Vinícolas de Sevilla, S. L.), Andalucía

Hace Saber:

Que en el referido procedimiento se ha dictado el siguiente

"Sentencia: Consejera de Cuentas, Excma. Sra. doña Margarita Mariscal de Gante y Mirón.- Sentencia Núm.13/2019.- En Madrid, a doce de junio de dos mil diecinueve.- En el procedimiento de reintegro por alcance n.º B-225/15-5, de Comunidades Autónomas (C.ª de Empleo –Ayudas destinadas a Empresas para la Financiación de Planes de Viabilidad –Promociones Vinícolas de Sevilla) Andalucía.- han intervenido como demandantes la Junta de Andalucía y el Ministerio Fiscal, que se adhirió a la demanda; y como demandados don Francisco Javier Guerrero Benítez, Promociones Vinícolas de Sevilla, S.L., y don Gregorio Martínez Piñero. La presente resolución se dicta en base a los siguientes. La presente resolución se dicta en base a los siguientes.- I. Antecedentes de Hecho.- II. Hechos Probados.- III. Fundamentos Jurídicos.- IV.- Fallo.- ESTIMO la demanda interpuesta por la Junta de Andalucía, a la que se ha adherido el Ministerio Fiscal, de conformidad con los siguientes pronunciamientos: PRIMERO.- Declaro como importe en que se cifra el menoscabo causado en los fondos públicos de la Junta de Andalucía el de Noventa Mil Ochenta y Un Euros (90.081 €).- SEGUNDO.- Declaro responsables contables directos y solidarios del menoscabo causado a los fondos públicos a que se refiere el punto anterior a la Sociedad Promociones Vinícolas De Sevilla, S.L. y a don Francisco Javier Guerrero Benítez.- TERCERO.- Condeno la Sociedad Promociones Vinícolas de Sevilla, S.L. y a don Francisco Javier Guerrero Benítez al reintegro de las cantidades por las que se les ha declarado responsables contables.- CUARTO.- Condeno a la Sociedad Promociones Vinícolas De Sevilla, S.L. y a don Francisco Javier Guerrero Benítez al pago de los intereses, calculados según lo razonado en el fundamento jurídico undécimo de esta resolución.- QUINTO.- Declaro responsable contable subsidiario del alcance de noventa mil ochenta y un euros (90.081 €) a don Gregorio Martínez Piñero, condenándole al reintegro del principal e intereses en el caso de que no pudieran hacerse efectivas las responsabilidades directas, en los términos manifestados en el fundamento jurídico undécimo de esta resolución.- SEXTO.- Conforme al artículo 394 de la LEC, condeno a la Sociedad Promociones Vinícolas de Sevilla, S.L., a don Francisco Javier Guerrero Benítez y a don Gregorio Martínez Piñero al pago de las costas.- SÉPTIMO.- Ordeno la contracción de la cantidad en que se fija el perjuicio en la cuenta que corresponda según las vigentes normas de contabilidad pública.- Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. -Lo mandó y firma la Excma. Sra. Consejera de Cuentas, anotada al margen, de lo que doy fe. La Consejera: doña Margarita Mariscal de Gante y Mirón.- El Secretario: don Jaime Vegas Torres.- Firmado y rubricado".

Lo que se hace público para que sirva de notificación en forma a los demandados Promociones Vinícolas de Sevilla y a don Gregorio Martínez Piñero, en situación procesal de rebeldía, quienes pueden interponer recurso de apelación ante la Excma. Sra. Consejera de Cuentas y para ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas, en el plazo de quince días a contar desde su notificación, de conformidad con lo prevenido en el artículo 85 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, por remisión del artículo 80.2 de la Ley 7/88, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

Madrid, 12 de junio de 2019.- El Secretario, Jaime Vegas Torres.

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