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Documento BOE-B-2019-26189

Anuncio de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para Información pública de solicitud de autorización administrativa para construcción de instalaciones, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de la utilidad pública, para la fase II de la red de distribución de gas natural en el núcleo urbano de Escobedo, término municipal de Camargo. Expediente IGN-14-19.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2019, páginas 32634 a 32636 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-B-2019-26189

TEXTO

A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos (BOE de 8 de octubre de 1998), título IV, ordenación de gases combustibles por canalización, en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, en el Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo en su Título II Capítulo IV, en la Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos (BOE de 3 de julio de 2007), la Ley 8/2015, de 21 de mayo, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos (BOE de 22 de mayo de 2015), en el Real Decreto 919/2006 de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11, en su ITC-ICG 01 apartado 2. Autorización administrativa; en el Decreto 7/2001 de 26 de enero (BOC de 5 de febrero de 2001), en el artículo 6 de la Orden de 31 de octubre de 2001 (BOC de 13 de noviembre de 2001), así como en los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete al trámite de información pública el proyecto de distribución de gas natural que se detalla a continuación:

Peticionario: Ned España Distribución Gas, S.A.U.

Avenida Reina Victoria, 2 y 4, 39004 Santander.

Objeto de la solicitud: Autorización administrativa para construcción de instalaciones y aprobación del proyecto de ejecución para la fase II de la red de distribución de gas natural, para consumo en instalaciones domésticas, comerciales e industriales, en el núcleo urbano de Escobedo, término municipal de Camargo.

Características principales de las instalaciones:

Situación: Los puntos de conexión se realizan en el Nodo 01 en el barrio La Maza, y en el nodo 02 en el barrio Monasterio, de la red existente de la fase I.

Gas a utilizar: Gas natural, clasificado por la norma UNE 60.002-95 como gas de la segunda familia.

Instalaciones comprendidas: Red de distribución, compuesta de red principal y ramificaciones para dar servicio a consumo doméstico, comercial e industrial en el núcleo urbano de Escobedo. Se realizarán dos cruzamientos, y paralelismos con la carretera CA 240.

Presión máxima de operación: MOP 5 bar, según norma UNE 60311.

Presión mínima en el punto de consumo: 0,6 bar.

Presión de prueba: 7 bar mínimo, según la norma UNE 60311.

Longitud total del trazado: 2.515 metros

Material: Polietileno de media densidad PE 100 SDR 17,6, en diámetro 110 mm., con espesor de 6,3 mm., y PE 100 SDR 11 en diámetro 63 mm., según normas UNE 53.333/90, UNE 60311y UNE-EN 12007-2.

Presupuesto de las instalaciones: 193.318,47

El proyecto incluye plano parcelario, y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

La afección a fincas particulares, derivada de la construcción de la fase II de la red de distribución de gas natural en el núcleo urbano de Escobedo, se concreta en la siguiente forma:

SERVIDUMBRES DE PASO

En base a la normativa citada y con el fin de dotar de la correspondiente protección a la infraestructura gasista, la instalación de la red de distribución conlleva la imposición de una servidumbre permanente de paso subterráneo de instalación de gas en una franja de 2 metros de ancho (1 metro a cada lado del eje de la canalización), por donde discurre enterrada la tubería de la conducción de gas, según queda detallado en el Plano Tipo anexo nº SG-MP-01 (Servidumbre de la conducción hasta 5 bar) y comprenderá:

a) La ocupación del subsuelo por la canalización a la profundidad y con las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable.

b) El establecimiento de los elementos de protección, control, comunicación y dispositivos auxiliares necesarios para las instalaciones de distribución de gas.

c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia, conservación y reparación de las instalaciones de distribución y sus instalaciones accesorias.

d) La ocupación temporal de los terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados, o a los de modificación o reparación de la red.

Además, la constitución de la servidumbre llevará aparejadas las siguientes limitaciones de dominio:

a) Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a 50 cm., así como la de plantar árboles o arbustos, o implantar algún tipo de instalación auxiliar (arquetas, válvulas, etc.) y efectuar movimientos de tierras en la franja de 4 metros, dos metros a cada lado de la conducción.

b) Prohibición de efectuar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiere dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones a una distancia inferior a 2 metros del eje del trazado de la conducción, a uno y otro lado del mismo, sin el consentimiento expreso de NED ESPAÑA DISTRIBUCIÓN GAS, S.A.U. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el Órgano competente de la Administración.

c) Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

d) Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

e) Y, en general, el respeto a las condiciones y limitaciones que se impongan en cada momento por la normativa vigente por razones de seguridad.

OCUPACIÓN TEMPORAL

La ocupación temporal se aplicará sobre los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, cubriendo la franja de 8 metros definida como pista normal en el Plano Tipo anexo nº SP-PO-01 (Sección Tipo de Pista conducción de Polietileno).

En esta zona de ocupación temporal se podrán realizar las obras de canalización objeto del proyecto, eliminando temporalmente cualquier obstáculo y principalmente se efectuarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando todos los trabajos u operaciones precisas para dichos fines, procediendo a la reparación de los terrenos a sus condiciones originales.

Lo que se hace público para que pueda ser examinado el proyecto en el Servicio de Energía de ésta Dirección General, sito en el Parque Científico y Tecnológico de Cantabria - calle Albert Einstein, 2- 4ª planta, 39011 Santander, o en la página web de esta Dirección General http://www.dgicc.cantabria.es/informacion-publica, y formularse las alegaciones o reclamaciones que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de éste anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria.

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS DEL PROYECTO:

Fase II red de distribución de gas natural núcleo urbano de Escobedo,

Término municipal de Camargo

Nº FINCA

TITULAR

POLÍGONO-PARCELA

S.P. (m.l.)

NATURALEZA

CA-CAM-02

Ayuntamiento de Camargo

39016A101000280000XY

Pol. 101- Parc:28s inmuebles

C.P. Escobedo Mies de Solmazo

Camargo (Cantabria)

47

RÚSTICO

Santander, 3 de junio de 2019.- Director General de Industria, Comercio y Consumo, Raúl Pelayo Pardo.

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