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Documento BOE-B-2019-25711

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 2019, páginas 32038 a 32039 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-25711

TEXTO

EDICTO

César Rubio González, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n° 7 de Barcelona

Declaración de fallecimiento 150/2019.

Sección: 2A.

Parte Demandante: Ernesto-Luis Álvarez Montesinos, Silvia Álvarez Montesinos, Rosa María Álvarez Montesinos, Trinidad Montesinos Navarro.

Parte Demandada: Ernesto Álvarez Ordas.

Sobre Personas, familia y acogimiento de menores (títulos II, III y d.a. 2a).

En el que se ha dictado la resolución cuyo Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Admito la solicitud presentada por la Procuradora Melania Serna Sierra en nombre y representación de Ernesto-Luis Álvarez Montesinos, Silvia Álvarez Montesinos, Rosa María Álvarez Montesinos y Trinidad Montesinos Navarro, sobre Personas, familia y acogimiento de menores (títulos II, III y d.a. 2a) respecto de Ernesto Álvarez Ordas con domicilio en calle Travesera de les Corts 53, 5 1, 08028 - Barcelona. Tengo a la referido Procuradora como comparecida y parte en la representación que acredita.

No considero necesaria la celebración de la comparecencia a que se refiere el art. 17.2 de la LJV por no darse ninguna de las circunstancias indicadas en el mismo.

No siendo necesaria la realización de prueba, concedo al Ministerio Fiscal el plazo de DIEZ días para que emita su informe por escrito.

Conforme a lo dispuesto en el art. 70.2 LJV, acuerdo publicar dos veces la presente resolución mediante edictos, con un intervalo mínimo de ocho días, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el tablón del Ayuntamiento de Barcelona. En el edicto se hará constar que puede intervenir en la comparecencia cualquier persona que pueda tener interés en la declaración de ausencia.

Modo de impugnación: recurso de Reposición ante el Letrado de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de CINCO días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 LEC).

Lo acuerdo y firmo. El Letrado de la Administración de Justicia

Para que sirva de comunicación a las personas interesadas, conforme a lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 15/2015, de 2 de julio (LJV), expido y firmo el presente edicto que será publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la localidad de y en el BOE.

Este edicto ha de ser publicado dos veces, con un intervalo mínimo de ocho días.

Barcelona, 14 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia.

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