Don Miguel Ángel Martínez Martínez, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente,
Hago saber:
Que se ha dictado auto de declaración de concurso consecutivo en liquidación de persona física, ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
- NIG del procedimiento: 46250-42-1-2019-0016736.
- Asunto: concurso consecutivo de persona física, nº 000509/2019.
- Tipo de concurso: voluntario.
- Fecha del auto de declaración: 23/04/2019.
- Nombre de la persona a la que afecta el concurso: Alberto Vicente Martínez Gregorio, NIF 44858044V, con domicilio en calle Calamocha, nº 14-9ª, 46018 Valencia.
- Administrador concursal: José Vicente Ferrer Canet. La persona designada tiene domicilio profesional en Valencia en la calle del Mar nº 43, esc. puerta 4 y dirección de correo electrónico: joseferrer@montagudabogados.com.
- Facultades del concursado.- Suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
- Examen de los autos.- Los acreedores no personas pueden acudir personalmente a este Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
- Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
- Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.- Los acreedores del concursado deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlo a dicho domicilio. También podría efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativo al crédito.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto general llamamiento de los acreedores del concursado para que puedan comunicar los créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y un ulterior reconocimiento y clasificación en el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones en el «Boletín Oficial del Estado».
Valencia, 25 de abril de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Miguel Ángel Martínez Martínez.
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