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Documento BOE-B-2019-21409

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 18 de mayo de 2019, páginas 26565 a 26565 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-21409

TEXTO

D. Jose Víctor Sanz Gordon, Letrado Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm.. 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso voluntario de acreedores núm. 00267/2015 de la mercantil AUSGABEN SL con CIF n.º B61012464, habiéndose dictado en fecha 06/08/2018 Auto del siguiente tenor:

«Debo acordar y acuerdo conceder la autorización de venta directa, como alternativa a la realización liquidatoria de bienes hipotecados, a la Administración Concursal del presente concurso de la mercantil AUSGABEN, S.L., sobre:

- las fincas registrales n.º 4.720, 20.312, 11.191 inscritas en el Registro de la Propiedad n.º 1 de Lucena, y la finca registral 52.392 inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 1 de Rubí, titularidad de la mercantil AUSGABEN, S.L., a favor de RESDEV SPANISH OPPORTUNITIES DEBTCO DESIGNATED ACTIVITY COMPANY, por la suma de 5.682.982,30 euros, condonando como parte del precio, el resto del crédito sobre dichas fincas pendiente de pago. Refiere el acreedor privilegiado su voluntad de adjudicar la fincas a la entidad NIHILEXET ITG, S.L.U. Procédase, antes de la ejecución de dicha venta, a otorgar la publicidad legal de las ofertas, consistente en la misma publicidad que corresponde a la subasta del bien, por un plazo de 10 días, con prevención de que dentro de tal plazo podrá presentarse tercero que mejore aquel precio, abriéndose en tal caso licitación entre los interesados. Transcurrido dicho plazo sin postor alternativo, tendrá plena efectividad la autorización concedida.»

Valencia, 18 de abril de 2019.- Letrado Administración de Justicia, Jose Victor Sanz Gordon.

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