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Documento BOE-B-2019-20013

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 10 de mayo de 2019, páginas 24895 a 24895 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-20013

TEXTO

EDICTO

Don. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente se

HACE SABER:

Que en el procedimiento concursal 0000006/2019, seguido a instancias del Procuradora Dña. ARACELICOLINA NARANJO, en nombre y representación de AZUDAUTOS, S.L., se ha dictado Auto el día 28 de marzo de 2019, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Azudautos, S.L., con CIF B-35.130.889, y domicilio social en Agüimes, calle Ciprés, s/n, esquina a la calle Zapote, Gran Canaria, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. José Manuel Santana Rosa, como Economista, el cual ha designado como domicilio postal en Avenida de Rafael Cabrera, 10, entreplanta, oficina B,35002, de las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928.239.572, fax n.º 928.239.572, correo concursoazudautos@dragoasesores.com y manifiesta:

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Guillermo Fernández García, Magistrado-Juez.. Don.Eduardo José1 Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 7 de mayo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Eduardo José Rebollo Sanz.

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