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Documento BOE-B-2019-19804

Resolución de la Delegación de Economía y Hacienda de Castelló/Castellón, por la que se convoca subasta pública al alza para la enajenación de una serie de bienes inmuebles propiedad de la administración general del estado y se aprueba el correspondiente pliego de condiciones particulares de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 2019, páginas 24560 a 24566 (7 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Contratación del Sector Público
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2019-19804

TEXTO

Pliego de condiciones de la subasta pública al alza de los bienes inmuebles propiedad de la administración general del estado, descritos en la cláusula primera.

La Dirección General de Patrimonio del Estado acordó la iniciación del procedimiento de enajenación de determinados bienes inmuebles patrimoniales propiedad de la administración general del estado, al no resultar necesarios para el uso general ni para el servicio público, ni resultar conveniente su explotación.

En cumplimiento de los acuerdos de enajenación, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas, en adelante (LPAP), en su reglamento general, aprobado por real decreto 1373/2009, de 28 de agosto, así como en la Orden HAC 316/2019, de 12 de marzo, de delegación de competencias, se va a celebrar subasta pública con pujas a la llana y al alza el día 12 de junio de 2019 a las 10:00 horas, con sujeción a las siguientes:

Primera.: Descripción de los lotes objeto de la subasta y tipos de licitación y garantía.

Subasta

Primera, segunda, tercera y cuarta subasta

lote

nº de inventario

tipo de finca

municipio

referencia catastral

avance

polígono parcela

catastro actual

polígono parcela

paraje/partida

superf. registro (m2 )

superf. catastral (m2 )

tipo 1ª subasta (€)

tipo 2ª subasta (€)

tipo 3ª subasta (€)

tipo 4ª subasta (€)

garantía

1

12r-19.966

rústica

Alcalá de Xivert

12004a019001070000ui

138

116

19

107

castellnou

4.815

3.624

500

475

451,25

428,69

25

2

12r-23.329

rústica

Alcalá de Xivert

12004a021003130000ut

142

107

21

313

almedeixer

4.700

4.829

485

460,75

437,71

415,82

24,25

3

12r-18.283

rústica

Artana

12016a006003100000br

35

39

6

310

ramblar

1.500

2.149

365

346,75

329,41

312,94

18,25

4

12r-10.329

rústica

Cabanes

12033a011004070000kg

53

106

11

407

jusabellus

123.549

122.389

4.900

4.655

4.422,25

4.201,14

245

5

12r-24.017

rústica

Cervera del Maestre

12044a015001160000rw

203

5

15

116

maset

7.500

5.051

810

769,50

731,03

694,48

40,5

6

12r-24.031

rústica

Cervera del Maestre

12044a044001200000rs

140

51

44

120

alifrago

5.000

7.433

890

845,50

803,23

763,07

44,5

7

12r-23.767

rústica

Jérica

12071a023004950000uo

34

261

23

495

la torre

775

1.098

380

361

342,95

325,80

19

8

12r-23.782

rústica

Jérica

12071a029000610000ul

5

53

29

61

vuelta del rio

500

753

260

247

234,65

222,91

13

9

12r-22.017

rústica

Peñíscola

12089a016000360000zq

49

52

16

36

poach

12.500

4.166

625

593,75

564,06

535,86

31,25

10

12r-19.009

rústica

Vilafamés

12128a033002660001ml

183

67

33

266

bobalar

2.000

2.054

265

251,75

239,16

227,20

13,25

urbanas

lote

nº de inventario

tipo de finca

municipio

referencia catastral

domicilio tributario

superf. registro (m2 )

superf. catastral (m2 )

tipo 1ª subasta (€)

tipo 2ª subasta (€)

tipo 3ª subasta (€)

tipo 4ª subasta (€)

garantía

11

12u-4.850

urbana

Sacañet

5539316xk9153n

calle nueva nº 26

73

73

6.000

5.700

5.415

5.144,25

300

Para participar en la subasta es indispensable la constitución de una garantía. La garantía para todos los lotes será:

- 5 % del tipo de licitación de la primera subasta, cualesquiera que sea su convocatoria.

Segunda, tercera y cuarta subasta

lote

nº de inventario

tipo de finca

municipio

referencia catastral

avance

polígono parcela

catastro actual

polígono parcela

paraje/partida

superf. registro (m2 )

superf. catastral (m2 )

tipo 2ª subasta (€)

tipo 3ª subasta (€)

tipo 4ª subasta (€)

garantía

12

12r-14.132

rústica

Alcalá de Xivert

12004a020000960000ue

139

215

20

96

castellnou

3.660

3.677

285

270,75

257,21

14.25

13

12r-14.248

rústica

Alcalá de Xivert

12004a030001880000uz

179

42

30

188

estalaes

4.575

5.079

579,5

550,53

523

28,975

14

12r-19.997

rústica

Alcalá de Xivert

12004a028001900000ur

180

11

28

190

vall d'angel

6.405

7.983

912

866,4

823,08

45,6

15

12r-20.002

rústica

Alcalá de Xivert

12004a028000470000uq

182

7

28

47

vall d'angel

3.660

3.420

422,75

401,61

381,02

21,14

16

12r-.23.339

rústica

Alcalá de Xivert

12004a022002810000uw

154

91

22

281

almedixer

3.838

4.199

285,00

270,75

257,21

14,25

17

12r-12.802

rústica

Almenara

12011a014003180000md

37

18

14

318

la sort

1.200

638

665

631,75

600,16

33,25

18

12r-13.947

rústica

Altura

12012a020002340000ry

22

520

20

234

el garabal

10.500

7.329

451,25

428,69

407,26

22,56

19

12r-14.030

rústica

Altura

12012a020001760000rl

22

334

20

176

barranco cervera

4.500

6.250

380

361

342,95

19

20

12r-14.782

rústica

Artana

12016a006005940000bd

34

144

6

594

chanquet

3.500

8.356

1.030,75

979,21

930,24

51,5

21

12r-16.797

rústica

Artana

12016a006005340000bd

34

137

6

534

frare

6.000

7.622

722

685,9

651,61

36,1

22

12r-12.273

rústica

Calig

12034a014000550000xl

4

74

14

55

mas de bernet

4.000

4.004

570

541,50

514,43

28,5

23

12r-19.614

rústica

Castelló

12900a028001210001ip

187

85

28

121

cmo fileta

3.500

1.909

15.151,55

14.393,97

13.674

757.58

24

12r-12.639

rústica

La Llosa

12074a001000800000ld

2

3

1

80

agadells

4.986

4.697

4.460,25

4.237,24

4.025,38

223,01

25

12r-23.900

rústica

Sacañet

12097a008000550000kb

16

167

8

55

carrascal

12.500

11.301

536,75

509,92

484,42

26,8

26

12r-19.036

rústica

San Juan de Moro

12144a002002870000hu

87

92

2

287

violons

15.000

7.030

15,87

15,87

15,87

0,8

27

12r-23.551

rústica

Sant Mateu

12100a016000100000et

95

25

16

10

molins

3.750

5.348

1.425

1.353,75

1.286,06

71,25

Para participar en la subasta es indispensable la constitución de una garantía. La garantía para todos los lotes será:

- 5 % del tipo de licitación de la segunda subasta, cualesquiera que sea su convocatoria.

Tercera y cuarta subasta

lote

nº de inventario

tipo de finca

municipio

referencia catastral

avance

polígono parcela

catastro actual

polígono parcela

paraje/partida

superf. registro (m2 )

superf. catastral (m2 )

tipo 3ª subasta (€)

tipo 4ª subasta (€)

garantía

28

12r-22.590

rústica

Albocácer

12003a012001490000es

46

966

12

149

pla del pog

1.186

932

302,81

287,67

15,14

29

12r-24.459

rústica

Benasal

12026a009000010000wy

86

37

9

1

covatelles

4.000

1.863

302,81

287,67

15,14

30

12r-19.510

rústica

Castelló

12900a060002510000ul

242

33

60

251

almalafa

1.900

1.901

3.068,50

2.915,08

153,42

31

12r-13.529

rústica

Catí

12042a019000360000lm

48

83

19

36

bosch

3.000

6.743

165,92

165,92

8,3

32

12r-23.824

rústica

Jérica

12071a003002190000ud

23

186

3

219

la gaibielana

3.250

3.635

718,68

682,75

35,94

33

12r-23.866

rústica

Jérica

12071a005003370000uj

14

296

5

337

la gaibielana

1.712

1.712

137,28

130,42

6,86

34

12r-13.378

rústica

Segorbe

12104a028000240000lo

59

498

28

24

coscojosa

5.000

4.074

1.102

1.046,9

55,1

Para participar en la subasta es indispensable la constitución de una garantía. La garantía para todos los lotes será:

- 5 % del tipo de licitación de la tercera subasta, cualesquiera que sea su convocatoria.

Cuarta y única subasta

lote

nº de inventario

tipo de finca

municipio

referencia catastral

avance

polígono parcela

catastro actual

polígono parcela

paraje/partida

superf. registro (m2 )

superf. catastral (m2 )

tipo 4ª subasta (€)

garantía

35

12r-24.481

rústica

Alcalá de Xivert

12004a040004260000uk

48

253

40

426

comampla

5.490

5.807

240,24

12,01

36

12r-21.806

rústica

Burriana

12032a050000360000fo

51

613

50

36

molinou

1.246

1.494

1.537,48

76,87

37

12r-5.505

rústica

Fanzara

0104103yk3300s0001zx

43

31

8

162

-

526

526

569,66

28,48

urbanas

lote

nº de inventario

tipo de finca

municipio

referencia catastral

domicilio tributario

superf. registro (m2 )

superf. catastral (m2 )

tipo 4ª subasta (€)

garantía

38

12u-7.164

urbana

Alcalá de Xivert

9010829be6691s0001qm

urb. el pinar c-33, actualmente farigola, nº 12

1.558

1.558

41.704,15

2.085,21

39

12r-21.813

urbana

Burriana

12032a040002450001gd

pd. polígono 40, nº 245

855

855

5.868,51

293,42

40

12r-19.724

urbana

Castelló

0973305yk5207s0001hx

calle 54 ue r (a) 13

471,16

471

148.030,5

7.401,52

41

12r-17.741

urbana

Onda

9164901yk3296s

finca urbana el 30,58% de la finca sita en onda cl. sis cuars 2 (a)

6.000

6.000

61.705,11

3.085,26

Para participar en la subasta es indispensable la constitución de una garantía. La garantía para todos los lotes será:

- 5 % del tipo de licitación de la cuarta subasta.

Segunda. Tipos de licitación y garantía.

El tipo de licitación y garantías de cada uno de los lotes objeto de la subasta, son los establecidos en la cláusula primera.

La garantía habrá de constituirse en la caja general de depósitos o en alguna de sus sucursales de las delegaciones de economía y hacienda, a favor del tesoro público y a disposición de la Delegación de Economía y Hacienda de Castellón, ya sea en efectivo o en alguna otra de las modalidades previstas en la legislación de contratos del sector público.

Tercera. Lugar y fecha.

La subasta tendrá lugar en la el salón de actos de Delegación de Economía y Hacienda de Castellón, sita en paseo ribalta, nº 12, el 12 de junio de 2019 a las 10:00 horas.

Cuarta. Publicidad

La presente enajenación se anunciará en el boletín oficial del estado, en el boletín oficial de la provincia, en los tablones de anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda en Castellón y en el tablón de anuncios de los ayuntamientos donde radique cada uno de los inmuebles. Adicionalmente la venta se anunciará en la página web del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.gob.es) y en prensa, si se considera oportuno.

Quinta. Participación en la subasta

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 del RLPAP, podrán tomar parte en la subasta todas aquellas personas que tengan capacidad de contratar, de acuerdo con la normas contenidas en el código civil, en particular para el contrato de compraventa, siempre que no se esté incurso en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

En este mismo sentido el artículo 95.2 del RLPAP establece que no podrán adquirir las personas que hayan solicitado o estén declaradas en concurso, hayan sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal, tal, así como las que incurriesen en los supuestos previstos en la normativa sobre incompatibilidades. Del mismo modo no podrán participar en la subasta aquellas personas que hayan renunciado o no atendido las obligaciones derivadas de las subastas celebradas, en la Delegación de Economía y Hacienda de Castellón, desde el día 25 de mayo de 2017, incluida la misma. A dicho efecto se cumplimentará por el licitador la declaración responsable establecida en el artículo 104.b del citado reglamento, modelo anexo I.

De conformidad con el artículo 137.6 de la LPAP, los participantes deberán constituir una garantía por cada uno de los lotes por lo que vaya a licitar, cuyo importe viene establecido en la cláusula primera, y en los términos dispuestos en la cláusula segunda.

La decisión sobre si se han cumplido los requisitos para concurrir, así como cualquier otra decisión relativa a la subasta será competencia exclusiva de la mesa constituida conforme a lo dispuesto en la cláusula sexta, a cuyas decisiones y criterios se somete expresa e irrevocablemente cualquier interesado por el simple hecho de acreditarse para licitar. Por tanto, la participación en la subasta supone el conocimiento y la aceptación de las condiciones del presente pliego, que se hará personalmente o a través de representante. En el supuesto de que se esté actuando en nombre de otra persona se deberá manifestar a la mesa, acreditando la representación en cualquiera de las formas admitidas conforme a la legislación vigente.

Si el adjudicatario provisional no reuniese las condiciones expuestas en la presente cláusula perderá el depósito efectuado y no tendrá derecho a la adjudicación definitiva del inmueble.

Sexta. Constitución de mesa y celebración de la subasta.

En la fecha señalada en la cláusula tercera se constituirá la mesa de licitación para la presente subasta, y que estará presidida por la Delegada de Economía y Hacienda o persona en quien delegue, un/a abogado/a del estado, y un/a interventor/a, que actuaran como vocales, y un funcionario de la secretaría general de la referida delegación, designado por el delegado, que actuará como secretario con voz y voto, de acuerdo con lo establecido en el art. 104 a) del Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto por el que se aprueba el reglamento general de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas.

Constituida la mesa, el/la presidente/a declarará abierta la subasta, comunicándolo al público asistente y fijando el tiempo que considere oportuno, a los efectos de que todo aquel que desee participar en la licitación acredite su personalidad, capacidad y representación mediante la aportación de los documentos siguientes:

a) documento que acredite la constitución de la garantía.

b) declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones contenidas en la cláusula quinta, según modelo del anexo I.

c) tratándose de personas físicas, original o fotocopia compulsada del DNI o del pasaporte del ofertante.

d) tratándose de personas jurídicas:

· original o fotocopia compulsada del CIF

· documento original, copia auténtica o legitimada, o fotocopia compulsada de la escritura pública de constitución, o modificación en su caso, inscrita en el registro mercantil, si es exigible dicho requisito conforme a la legislación mercantil; o el documento de constitución, estatutos, o acta fundacional

· original o fotocopia compulsada del DNI o del pasaporte de la persona física que vaya a licitar en representación de la persona jurídica

· documento original, copia auténtica o legitimada, o fotocopia compulsada de la escritura de apoderamiento de la persona física que licite en representación de la persona jurídica, debidamente inscrita en el registro mercantil, si este requisito fuera exigible.

Una vez acreditadas todas aquellas personas que deseen participar en la subasta el/la presidente/a abrirá la licitación de las fincas, momento a partir del cual ya no podrán admitirse a nuevos licitadores. La subasta al alza se celebrará por el sistema de pujas a la llana, sin que pueda formularse oferta inferior al tipo de subasta.

En caso de no haberse constituido fianza por un determinado lote, la mesa declarará desierta su subasta.

El tramo o incremento mínimo para las pujas a viva voz será:

Licitación de la finca en la subasta incremento por puja

Desde 0,00 hasta 1.999,99 euros 100 euros

Desde 2.000 hasta 4.999,99 euros 200 euros

Desde 5.000 euros, en adelante 500 euros

Se declarará mejor rematante al licitador que haya hecho la postura más elevada, y se levantará acta con el resultado de las actuaciones indicadas, en la que se recogerán los datos de quien haya resultado adjudicatario provisionalmente.

Séptima. Devolución de la garantía

Después de terminada la subasta, se procederá a ordenar la cancelación y devolución de las garantías constituidas salvo al adjudicatario provisional y al segundo mejor postor de cada uno de los lotes. En el supuesto del segundo mejor postor a los efectos de contemplar una posible renuncia o no cumplimiento de sus obligaciones por parte del adjudicatario provisional.

Si se hubiera constituido un depósito en efectivo en la caja general de depósitos o alguna de sus sucursales, previa cancelación del mismo, se procederá a la devolución de su importe, mediante transferencia bancaria, por la secretaría general del tesoro y política financiera a la cuenta que haya designado el interesado.

Octava. Adjudicación del bien.

La adjudicación definitiva del inmueble se acordará mediante orden del Ministro de Hacienda, que será suscrita por la autoridad que corresponda en virtud de la Orden HAC 316/2019, de 12 de marzo, de delegación de competencias. A tal fin, deberá elevarse, en su caso, el acta de la subasta, la propuesta de adjudicación y el expediente de enajenación a la Subdirección General del Patrimonio del Estado.

Novena. Subasta desierta y adjudicación directa.

De conformidad con lo previsto en el artículo 137.4.d) de la LPAP, podrá solicitarse la adjudicación directa de los inmuebles cuya subasta haya resultado desierta. El plazo para solicitar la adquisición se extenderá desde la finalización del acto público de la subasta desierta hasta el día anterior a que se anuncie en el boletín oficial del estado la convocatoria de nueva subasta. De no convocarse nuevas subastas, dicho plazo se prolongará hasta un año después de la celebración de la última subasta desierta.

Las condiciones de la venta directa no podrán ser inferiores a las de la subasta desierta, y la adjudicación se realizará a favor de la primera oferta recibida a través del registro de entrada de la Delegación de Economía y Hacienda de Castellón, siempre que vaya acompañada del justificante de la constitución de la garantía. Su presentación supone la aceptación las condiciones del presente pliego.

Décima. Pago del precio

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98.1 del RLPAP, la orden ministerial de adjudicación se notificará al adjudicatario para que, en el plazo de un mes desde su recepción, complete el pago del precio del inmueble, previniéndole que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 del RLPAP, si renunciase a la adquisición o no atendiese a las obligaciones que le corresponden, perderá el depósito constituido en concepto de garantía, sin perjuicio de la indemnización de las eventuales pérdidas que se hubiesen originado.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, el adjudicatario que renunciase a la adquisición o no atendiese las obligaciones que le corresponden derivadas de la presente subasta, no podrá participar en las subastas que celebre la Delegación de Economía y Hacienda de Castellón en el plazo de 2 años, a contar desde la fecha de la celebración de la presente subasta.

En el supuesto de que una misma persona resultase adjudicataria de varios lotes en la subasta, si renunciase o no atendiese las obligaciones que le correspondan en relación a alguno de ellos, ya sea como primero o segundo mejor postor, dicha actuación conllevará el decaimiento de todos sus derechos sobre el resto de lotes que le hubieran sido adjudicados en la subasta. En el caso de que ya hubiese abonado la totalidad del precio de adjudicación de alguno de los lotes que le hubieran sido asignados se procederá a reintegrarle la cantidad satisfecha siempre y cuando no hubiera sido formalizada ya la venta conforme a lo dispuesto en la cláusula undécima del presente pliego. Todo ello se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en la presente cláusula.

En caso de renuncia o de falta de cumplimiento de sus obligaciones por el adjudicatario provisional podrá procederse, bien a la adjudicación a la segunda oferta más ventajosa, o bien a la declaración motivada de la subasta como desierta.

Undécima. Formalización

De conformidad con lo previsto en el artículo 113.2 de la LPAP, las enajenaciones de los inmuebles rústicos cuyo precio de venta sea inferior a 150.000 euros se formalizarán en documento administrativo, siendo dicho título suficiente para su inscripción en el registro de la propiedad. El adjudicatario, una vez firmado dicho documento administrativo, deberá de inscribirlo en el registro de la propiedad así como solicitar el cambio de titular ante el catastro.

En el caso de que no se trate de inmuebles rústicos o bien siéndolos el precio de venta haya superado el límite establecido en el párrafo anterior, las enajenaciones de los bienes inmuebles o derechos sobre los mismos se formalizarán en escritura pública. El adjudicatario una vez otorgada la misma deberá de inscribirla en el registro de la propiedad y proceder al cambio de titular ante el catastro.

Duodécima. Gastos e impuestos.

Todos los gastos que originen la venta, tales como notaría, registro, impuestos, incluso algún tipo de anuncio, correrán a cargo del adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98.2 del RLPAP.

Los bienes de naturaleza urbana estarán sujetos al impuesto sobre el valor añadido (IVA), al tipo vigente (21%, sobre el valor de adjudicación, cuyo importe incrementará el valor de adquisición).

Decimotercera. Cuerpo cierto.

Las fincas se subastan como cuerpo cierto, que se supone conocido por los licitadores, considerándose su superficie como meramente orientativa y sin que haya lugar a rescisión ni a rebaja alguna en el precio por razón de que resultara ser inferior su cabida a la que consta en el anuncio de la licitación y/o en el título.

En el supuesto de existencia de discrepancia entre los datos catastrales y registrales de un inmueble objeto de la presente subasta, atendiendo al principio de libertad de pactos dispuesto por el artículo 111 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas, el adjudicatario acepta que la inscripción de la venta se lleve a cabo con los datos que figuran inscritos en el registro de la propiedad, corriendo a cargo del mismo todos aquellos gastos que pudieran derivarse de la rectificación de los datos registrales que lleve a cabo al amparo de lo dispuesto en la legislación hipotecaria.

Una vez adjudicados los bienes no se admitirán reclamaciones sobre su estado o errores en la descripción de los mismos. La participación en la subasta supone la aceptación de todas las cláusulas de este pliego de condiciones, así como el estado de las fincas, renunciando expresamente, conforme a lo dispuesto en los artículos 1475 y 1485 del código civil, al derecho de saneamiento por evicción y por vicios ocultos que pudiere formular por razón del estado de las mismas.

Decimocuarta. Consulta del expediente.

Para el examen de datos y aclaraciones que se precisen, en relación a los bienes objeto de la subasta, se señala como lugar, la Sección de Patrimonio del Estado en la Delegación de Economía y Hacienda de Castellón.

Decimoquinta. Régimen jurídico.

Cualquier incidencia no prevista en este pliego de condiciones será resuelta conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas, en cuanto no sea contrario a la citada ley, y de forma supletoria por el código civil y demás legislación complementaria.

Trámites preceptivos: informe de la abogacía del estado.

Castelló de la Plana, 3 de mayo de 2019.- La Delegada de Economía y Hacienda en Castellón, Susana M.ª Alcázar Rodríguez.

ANÁLISIS

Modalidad:
Licitación
Tipo:
Servicios
Ámbito geográfico:
Comunidad Valenciana
Materias (CPV):
70000000 Servicios inmobiliarios
Observaciones:
Varios lotes.
Subasta.

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