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Documento BOE-B-2019-19529

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 2019, páginas 24211 a 24212 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-19529

TEXTO

EDICTO

Xavier Garcia Bonet, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 278/2019 Sección: B

NIG: 0801947120198001922

Fecha del auto de declaración. 25/03/2019.

Clase de concurso. CONSECUTIVO.

Entidad concursada. ELENA CARRETERO MARINA, con DNI-47700851R, con domicilio sito en la calle Mestre Genaro nº 37 de La Gariga (Barcelona)

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

JOAN ALIS GABERNET, Abogado, con D.N.I.-41076321T. Que para el ejercicio de su cargo, señala como domicilio: calle Julian Romea nº 6 bajos, desp-4 de Barcelona (08006). Y, para la recepción de las comunicaciones de créditos y de cualquier otra notificación, la dirección postal: la indicada anteriormente; y la dirección de correo electrónico: joanalis@icab.cat, teléfono de contacto nº 934155019.

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art.184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Se acuerda la apertura de la fase de liquidación.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5ª.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Barcelona, 25 de abril de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Xavier Garcia Bonet.

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