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Documento BOE-B-2019-16426

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2019, páginas 20372 a 20372 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-16426

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 607/2018, (NIG: 2906742120180037234) por auto de fecha 1 de abril de 2019 se ha declarado en concurso necesario al deudor LAR ABOGADOS, S.L.P., con CIF B92979327, con domicilio en calle Olozaga número 5, 3ª planta, CP 29005 de Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3º.- Que la Administración concursal la integra Juan Luis Marín López, provisto de DNI 25102222E. Español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil casado, domicilio y dirección postal Pasaje Compositor Lehmberg Ruiz número 4, Escalera Izquierda, 1.º A (Málaga), CP 29007. Teléfono 952286762. Profesión Abogado y dirección de correo electrónico concursolar@marinyasociados.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

7º.- En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).

Málaga, 9 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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