El Subdirector General de Conservación, por delegación del Director General de Carreteras, P.D. (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento), con fecha 21 de enero de 2019 ha resuelto:
Aprobar provisionalmente el proyecto arriba referenciado, haciendo constar:
1.- Que el proyecto "Mejora de seguridad vial en el enlace del P.K. 191, margen izquierda de la A-30 en Cartagena (Murcia)" con un presupuesto Base de Licitación (IVA incluido) de 1.556.406,71 €, contiene los documentos con la extensión y el contenido que su autor ha considerado necesarios para cumplir con lo indicado en el artículo 28 "Proyecto de trazado" del Reglamento General de Carreteras.
2.- Que se declara la urgencia del proyecto, de conformidad con el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras en su nueva redacción dada por el Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, sobre medidas urgentes en materia de carreteras.
3.- Que, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el art. 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, se ordena a la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia la incoación de un Trámite de Información Pública. Dicha información pública lo será a efectos de la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación referidos a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y la reposición de servicios afectados.
4.- Que se ordena a la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia que someta el proyecto al informe de los Organismos a los que pueda afectar. En particular a la Mancomunidad de los Canales del Taibilla y al Ayuntamiento de Cartagena.
5.- Que se ordena a la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia que lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.
En cumplimiento de lo ordenado en dicha Resolución se proceda a incoar el correspondiente Expediente de Información Pública del citado proyecto, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 de la vigente ley de 37/2015, de carreteras, y concordantes del Reglamento, y conjuntamente con la correspondiente relación de bienes y derechos cuya expropiación es necesaria, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa y concordantes de su Reglamento.
El plazo de información pública será de 30 días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias ("Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Región de Murcia y en un diario de gran tirada de dicha provincia) y durante dicho periodo el proyecto podrá ser examinado por quienes lo deseen, en la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia (paseo Alfonso X el Sabio, número 6, 30071. Murcia), y en la Corporación Local afectada, que es Cartagena, así como en el enlace https://www.fomento.gob.es/el-ministerio/participacion-publica
Las alegaciones o correcciones que se consideren oportunas podrán presentarse por escrito en la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia o por cualquiera de los sistemas señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e irán dirigidas a la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia, en la dirección postal anteriormente citada. Las observaciones relacionadas con el artículo 12 de la Ley 37/2015, de Carreteras, deberán versar sobre las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera y sobre la concepción global de su trazado.
Los interesados podrán aportar los oportunos datos y alegaciones para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos publicada u oponerse, por razones de fondo o forma a la necesidad de urgente ocupación, en este caso se indicarán los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más convenientes al fin que persiguen.
Relación de bienes o derechos afectados en el Término Municipal de Cartagena:
Nº Orden |
Polígono |
Parcela |
Naturaleza |
Titulares |
Expropiación (m²) |
Servidumbre (m²) |
Ocupación Temporal (m²) |
|
1 |
18 |
9001 |
Suelo Rural |
DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN MURCIA |
6.150 |
0,00 |
0,00 |
|
2 |
18 |
106 |
Suelo Rural |
BUNGE IBÉRICA SA |
16.685 |
966 |
7.864 |
|
3 |
18 |
13 |
Suelo Rural |
POLÍGONO PARA EL DESARROLLO CARTAGENA S.A. |
0,00 |
114 |
0,00 |
Murcia, 2 de abril de 2019.- El Ingeniero Jefe, Ángel García Garay.
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