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Documento BOE-B-2019-14618

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 4 de abril de 2019, páginas 18193 a 18194 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-14618

TEXTO

Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber:

Que en el procedimiento concursal Voluntario Abreviado número 893/2018, de la entidad Explotaciones Baez, S.L., con CIF B76747278, se ha dictado auto número 67/2019 de fecha 19/2/2019 por el Juez de Refuerzo Jat, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

"Primero.- Se declara la competencia territorial de este juzgado para conocer del concurso solicitado por la Procuradora doña Carmen Blanca Mercedes Orive Rodríguez, en nombre y representación de Explotaciones Baez, S.L., con CIF B76747278.

Segundo.- Se declara en concurso, que tiene en carácter de Voluntario, al deudor Explotaciones Baez, S.L., con CIF B76747278.

Tercero.- Se acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa y el archivo de las actuaciones.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los registros (enumérense los nombres de los registros que correspondan entre ellos el mercantil), los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder al cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregaran al Procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado.

Cuarto.- Anúnciese la declaración y conclusión del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de LC, en el tablón de anuncios del juzgado y en el registro público concursal.

Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él.

Modo de impugnación.- Contra esta resolución cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo, mediante escrito que se presentará en este juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (artículo 458.1 LEC) o desde la última publicación del anuncio de declaración de concurso. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª LOPJ). Están exentos de constituir este depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así lo dispone, manda y firma doña Elena Fraile Lafuente, Jueza del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife."

Para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) y en el registro público concursal, se pone en conocimiento, a todos sus efectos, extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 19 de febrero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos.

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