Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-10771

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2019, páginas 13456 a 13457 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
TRIBUNAL DE CUENTAS
Referencia:
BOE-B-2019-10771

TEXTO

Departamento 2º

Don Jaime Vegas Torres, Secretario del Procedimiento de Reintegro por Alcance número B-225/15-35, de Comunidades Autónomas (Cª de Empleo –Ayudas destinadas a empresas para la financiación de Planes de Viabilidad- Antonio Gálvez Peluqueros) Andalucía,

Hace saber:

Que en el referido procedimiento se ha dictado la siguiente

"Sentencia: Consejera de Cuentas, Excelentísima señora doña Margarita Mariscal de Gante y Mirón.- Sentencia número 10/2018 - Madrid, a uno de octubre de dos mil dieciocho.-

En el procedimiento de reintegro por alcance número B-225/15-35, de Comunidades Autónomas (Cª de Empleo –Ayudas destinadas a empresas para la financiación de Planes de Viabilidad- Antonio Gálvez Peluqueros) Andalucía, han intervenido como demandantes la Junta de Andalucía y el Ministerio Fiscal, que se adhirió a la demanda; y como demandados don Juan Márquez Contreras que fue declarado en rebeldía, Antonio Gálvez Peluqueros, S.L., don Antonio Sánchez Megías y don Antonio Gálvez Barba. La presente resolución se dicta en base a los siguientes.- I. Antecedentes de Hecho.- II. Hechos Probados.- III. Fundamentos de Derecho.-

IV.- Fallo

1) Estimo la demanda interpuesta por la Junta de Andalucía, a la que se ha adherido el Ministerio Fiscal, en cuanto a las pretensiones dirigidas contra don Juan Márquez Contreras y Antonio Gálvez Peluqueros, S.L., y en consecuencia:

Primero.- Declaro como importe en que se cifra el menoscabo causado en los fondos públicos de la Junta de Andalucía el de ochocientos sesenta y dos mil quinientos euros (862.500 €).

Segundo.- Declaro responsables contables directos y solidarios del menoscabo causado a los fondos públicos a que se refiere el punto anterior a don Juan Márquez Contreras y a Antonio Gálvez Peluqueros, S.L.

Tercero.- Condeno a don Juan Márquez Contreras y a Antonio Gálvez Peluqueros S.L. al reintegro del importe por el que se les ha declarado responsables contables directos y solidarios.

Cuarto.- Condeno a don Juan Márquez Contreras y a Antonio Gálvez Peluqueros S.L. al pago de los intereses, calculados según lo razonado en el fundamento jurídico decimoséptimo de esta resolución.

Quinto.- Ordeno la contracción de la cantidad en que se fija el perjuicio en la cuenta que corresponda según las vigentes normas de contabilidad pública.

2) Desestimo la demanda interpuesta por la Junta de Andalucía, a la que se ha adherido el Ministerio Fiscal, en cuanto a las pretensiones dirigidas contra don Antonio Sánchez Megías y don Antonio Gálvez Barba, y

3) Condeno a don Juan Márquez Contreras y a Antonio Gálvez Peluqueros S.L. al pago de las costas correspondientes a las pretensiones ejercitadas por la Junta de Andalucía frente a dichos demandados; y Condeno a la Junta de Andalucía al pago de las costas correspondientes a las pretensiones ejercitadas por la misma frente a don Antonio Sánchez Megías y don Antonio Gálvez Barba.-

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.. -Lo mandó y firma la Excelentísima señora Consejera de Cuentas, anotada al margen, de lo que doy fe. La Consejera: Margarita Mariscal de Gante y Mirón.- El Secretario: Jaime Vegas Torres.- Firmado y rubricado".

Lo que se hace público para que sirva de notificación en forma a don Juan Márquez Contreras, quien puede interponer recurso de apelación ante la Excelentísima señora Consejera de Cuentas y para ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas, en el plazo de quince días a contar desde su notificación, de conformidad con lo prevenido en el artículo 85 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, por remisión del artículo 80.2 de la Ley 7/88, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

Madrid, 11 de marzo de 2019.- Secretario, Jaime Vegas Torres.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid