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Documento BOE-B-2019-10663

ALCÁZAR DE SAN JUAN

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 2019, páginas 13307 a 13307 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-10663

TEXTO

Edicto

En el procedimiento de referencia, Concurso Abreviado 132/2018, se ha dictado Auto por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Alcázar de San Juan, el dia 12 de diciembre de 2018, firme al dia de la fecha, por el que se dispone, además de otros, de lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Que debo declarar y declaro en Concurso Voluntario a Luis Miguel Ubeda y Milagros Martin Toledano, representados por el Procurador Leopoldo Morales Arroyo toda vez que ha sido acreditado su actual estado de insolvencia.

Se designa Administrador Concursal a don Antonio Díaz de Mera Lozano, el cual asume las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor. Llamar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1.5° de la Ley Concursal, a todos los acreedores de los concursados salvo los titulares de créditos que hubieran firmado el acuerdo extrajudicial y que se encuentran reseñados en la comunicación notarial previa, para que en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente en ellos, escrito que ha de presentarse en el registro correspondiente a este órgano judicial y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, concepto cuantía fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos regístrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y una copia de todo ello.

Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. Y los efectos legales que sean oportunos, se expide el presente, que será publicado en el tablón de anuncios de este Juzgado por término de un mes, así como en el Boletín Oficial del Estado.

Alcázar de San Juan, 4 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Isabel de Nova Pozuelo.

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