Edicto.
Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente
Hago Saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado (CNA) - 000113/2015 - D sobre declaración de concurso de la mercantil Panadería Mariel S.L., con domicilio en Polígono Industrial L Alfaç III, calle Burgos esquina calle Cádiz. Ibi. Alicante y C.I.F. número B03173309, se ha dictado auto de fecha 25/01/2018, que contiene, entre otros, los siguientes pronuniciamientos:
1.-Concluir el presente procedimiento concursal por haber concluido la liquidación.
2.-Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.
4.-Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.
5.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
6.-La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno.
Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente en
Alicante, 25 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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