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Documento BOE-B-2018-8871

REUS

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 15 de febrero de 2018, páginas 11168 a 11168 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-8871

TEXTO

Edicto

Doña Esperanza Morón Aliaga, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Reus al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1227/2017 Sección: A.

NIG: 4312342120178031814.

Fecha del auto de declaración. 8 de febrero de 2018.

Clase de concurso. Voluntario consecutivo.

Entidad concursada: Don Juan Pedro Torres Segura, con DNI 39872629J, y doña María Carmen Amorós Fort, con DNI 39873068S, y con domicilio ambos en la calle Vidal número, 1, 2.º, 1.ª, de Reus (Tarragona)

Administrador concursal: Doña Lourdes Belando Salmeron.

Régimen de las facultades del concursado: Queda suspendido el ejercicio de las facultades de administración y disposición de los deudores sobre su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Marià Fortuny, 73, planta 3.ª, de Reus (Tarragona).

Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial.

Gratuidad del anuncio: conforme a lo dispuesto en el auto de declaración de concurso, la publicación del extracto de declaración de concurso en el «BOE» será con carácter gratuito, según lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal.

Reus, 8 de febrero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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