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Documento BOE-B-2018-8175

Resolución de 2 de febrero de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado por la que se fija el día 19 de febrero de 2018, a partir del cual comienza el plazo de un año para la reconstrucción de folios desaparecidos del Registro de la Propiedad de San Vicente de la Barquera-Potes.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 10 de febrero de 2018, páginas 10313 a 10313 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-B-2018-8175

TEXTO

Vista la comunicación de 19 de diciembre de 2017, de la Registradora de la Propiedad de San Vicente de la Barquera-Potes, Dña. Ana Julia Marlasca Morante, en el que pone en conocimiento de esta Dirección General la desaparición de folios correspondientes a la finca número 9715, del ayuntamiento de Ruiloba; el folio 112 del tomo 728, libro 81, y los folios 116 y 117 del tomo 740, libro 82,

Teniendo en cuenta que ha sido remitida acta de la visita de inspección practicada al efecto el 25 de enero de 2018, en el indicado Registro de la Propiedad, por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, asistido del Secretario de Gobierno.

Esta Dirección General, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley de 5 de julio de 1938, acuerda lo siguiente:

Primero.- Fijar el día 19 de febrero de 2018, a partir del cual comenzará a correr el plazo de un año para la reconstrucción de los folios desaparecidos del Registro de la Propiedad de San Vicente de la Barquera-Potes.

Segundo.- Que se dé cumplimiento a lo establecido en la Ley de 5 de julio de 1938.

Tercero.- Que se notifique a los titulares de los derechos inscritos en el folio desaparecido para que aporten los documentos pertinentes conforme a la Ley.

Cuarto.- Que se haga constar, mediante nota marginal, los títulos que paulatinamente vayan siendo aportados.

Quinto.- Asimismo, deberá informar a esta Dirección General periódicamente de lo que en atención a lo requerido se vaya realizando.

Lo que digo a Vd. para su conocimiento y a fin de que se expida el correspondiente edicto para los Ayuntamientos de su Distrito Hipotecario, conforme a lo dispuesto por el citado art. 2º de la Ley de 5 de julio de 1938.

Madrid, 2 de febrero de 2018.- El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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