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Documento BOE-B-2018-803

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2018, páginas 1007 a 1007 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-803

TEXTO

Edicto.

Don Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° 7 de los de Barcelona y provincia, hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el Concurso 877/2017-F, en el que se ha dictado con fecha 13 de noviembre de 2017, auto declarando en estado de concurso a Enrique Benedicto García, con documento nacional de identidad 46686828W, con sus facultades suspendidas, tanto en Ia administración como en Ia disposición sobre su patrimonio.

Se ha nombrado Administrador Concursal a Javier Martínez Cañuelo, mediador concursal, quien en fecha 1 de diciembre de 2017, ha aceptado el cargo.

A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal Ia de calle Córcega, 299, 3-3, 08008 de Barcelona y dirección electrónica jmcanuelo@audilegem.com.

Se ha abierto la Sección 5.ª de Liquidación y se ha presentado el Plan de Liquidación por lo que se concede el plazo contemplado para Ia comunicación de créditos para Ia presentación de alegaciones al mismo.

Se ha presentado también el informe previsto en el art.75 de la Ley Concursal, por lo que las impugnaciones al mismo deberán presentarse dentro del plazo previsto para Ia comunicación de los créditos.

Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de Ia publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado, dicha comunicación deberá hacerse a través de Ia dirección postal de Ia Administración concursal o electrónica antes señalada.

Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta.

Barcelona, 4 de diciembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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