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Documento BOE-B-2018-7891

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 10 de febrero de 2018, páginas 9960 a 9960 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-7891

TEXTO

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil N.º 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 463/2007 de concurso se ha dictado en fecha 12/12/2017 Auto de nombramiento de nuevo administrador concursal cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Hechos

1.º-En este concurso se nombró por Auto de fecha 8 de noviembre de 2017 Administrador concursal a la sociedad A & Abad Auditores y Abogados Internacionales, S.L.P.

2.º-Por fax con entrada en el Juzgado el día 30.11.2017 A & Abad Auditores y Abogados Internacionales, S.L.P., manifiesta su imposibilidad para aceptar el cargo porque dada la saturación de trabajo, no tengo disponibilidad de tiempo ni personal, para atender la citada encomendación, con la diligencia que requiere.

Acuerdo

1.-Dejar sin efecto el nombramiento para el cargo de administrador concursal del presente concurso a la sociedad A & Abad Auditores y Abogados Internacionales, S.L.P., por los hechos y motivos expresados en la presente resolución.

2.-Se nombra nuevo administrador concursal a la sociedad a D. Jorge Muñoz Consultores S.L.P., con sujeción al mismo régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del art. 28 LC.

El nuevo Administrador Concursal designado comparecerá en el Juzgado dentro de los cinco días siguientes al recibo de la comunicación que se le remitirá para manifestar si acepta o no el encargo y acreditar que tiene suscrito seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente para responder de los posibles daños en el ejercicio de su función.

4.-Dar la misma publicidad del presente cese, y nuevo nombramiento, que se dio en su día al nombramiento del AC separado, y por el Letrado de la Administración de Justicia se dará conocimiento del contenido del presente auto al Registro Público Concursal (artículos 37.4, 38.3 y 4 de la LC).

Y para su publicación en el BOE se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

A Coruña, 16 de enero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

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