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Documento BOE-B-2018-60970

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 26 de diciembre de 2018, páginas 77566 a 77566 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-60970

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento número 1057/16, referente al deudor MAIL SEVILLA SIGLO XXI, S.L.U., representada por el Procurador de los Tribunales don LUIS DE LA LASTRA MARCOS, por auto de diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho se ha acordado lo siguiente:

1. La conclusión del proceso concursal de la entidad MAIL SEVILLA SIGLO XXI, S.L.U.C., llevado en este mismo Juzgado con el número 1057/2016 se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.

2. El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.

3. La declaración de extinción de la sociedad MAIL SEVILLA SIGLO XXI, S.L.U.C.

y el cierre de su hoja en el registro correspondiente para su constancia.

Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.

Sevilla, 21 de diciembre de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

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