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Documento BOE-B-2018-60686

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 24 de diciembre de 2018, páginas 77226 a 77226 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-60686

TEXTO

Juzgado de Primera Instancia n.º 12 de Barcelona.

N.I.G.: 0801942119940059656.

Quiebra Necesaria 527/1994 -H.

AUTO Nº 260/2016.

En Barcelona a A 27 de julio de 2016.

Antecedentes de hecho.

Primero.-Por escrito de 28.9.2015, la sindicatura de la quiebra de LENCERÍA CASA MACIÀ, S.A interesó que se dejaran sin efecto las resoluciones de 23.3.2015 y 31.7.2015, relativas a la apertura de la Pieza Sexta del Concurso (antigua Pieza Quinta de Calificación de la Quiebra), puesto que la misma ya había sido tramitada y, por consiguiente, que se acordara el archivo del presente procedimiento de quiebra por la inexistencia de otros bienes de la quebrada. Se dio traslado del informe presentado por la Sindicatura por quince días a todas las partes personadas, las cuales, dejaron transcurrir el plazo.

Parte dispositiva.

Dispongo: Que dejando sin efecto la decisión de incoar la Sección Sexta (antigua Pieza Quinta de Calificación) que se acordó por Providencia de 9.5.2015, Auto 23.3.2015 y Diligencia de Ordenación de 31.7.2015, acuerdo la conclusión del concurso/quiebra seguida en este Juzgado con el número 527/94 y el archivo de las actuaciones comprobada la insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa (art 176,3 LC), a tal efecto, declarando la extinción de la persona jurídica concursada LENCERÍA CASA MACIÀ, S.A, con cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Barcelona, volumen 24592, folio 213, hoja B-80413, expidiéndose mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Igualmente, deberá librarse mandamiento de cancelación de la inscripción de quiebra obrante en las fincas registrales 1544 y 4291 del Registro de la Propiedad de Canovelles que fueron objeto de transmisión dentro del procedimiento de quiebra.

Se aprueba la rendición de cuentas de la sindicatura conforme al artículo 181 LC.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, dándole la siguiente publicidad mediante publicación por edictos en el «BOE» y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Barcelona.

Así lo pronuncio, mando y firmo Xavier Albanell Palau magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 12 Barcelona.

Barcelona, 5 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 12 Barcelona, Adela María Collado Peña.

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