El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección 3.ª, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
Que en el procedimiento número 395/18-7, con NIG 4109142120180065729 referente al deudor Navetextil S.L., con CIF B-91943514, y domicilio en calle Ciudad Real 87, Alcalá de Guadaira, Sevilla, por auto de fecha 10/12/18 se ha acordado:
1. Declarar en situación de concurso voluntario abreviado a la entidad Navetextil, S.L. y, a su vez, concluir el concurso por insuficiencia de masa activa, procediéndose a continuación a su archivo, con los efectos de ley.
2. Declarar la extinción de la sociedad Navetextil S.L. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
La presente resolución se publicará en el Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/.
Sevilla, 18 de diciembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Dionisio Curado Dana.
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