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Documento BOE-B-2018-60160

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife por la que se acordó otorgar concesión administrativa a la entidad "Santa Cruz Terminal, S.L." para la ocupación y explotación de la estación marítima de pasajeros, dedicada a uso particular, ubicada en el Muelle de Ribera de la Dársena de Anaga del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, que será destinada a prestar servicio al pasaje de los cruceros de su grupo empresarial, así como al desarrollo de actividades comerciales complementarias relacionadas con el citado pasaje y tripulación y de otorgamiento de licencia de autoprestación del servicio portuario al pasaje de cruceros.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 21 de diciembre de 2018, páginas 76601 a 76601 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2018-60160

TEXTO

En la sesión celebrada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en fecha 4 de diciembre de 2018, se acordó otorgar concesión administrativa a la entidad "Santa Cruz Terminal, S.L." para la ocupación y explotación de la estación marítima de pasajeros, dedicada a uso particular, ubicada en el Muelle de Ribera de la Dársena de Anaga del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, que será destinada a prestar servicio al pasaje de los cruceros de su grupo empresarial, así como al desarrollo de actividades comerciales complementarias relacionadas con el citado pasaje y tripulación y de otorgamiento de licencia de autoprestación del servicio portuario al pasaje de cruceros, bajo entre otras, las siguientes condiciones y con estricta sujeción al resto que se establecen en el Pliego:

Plazo, treinta (30) años.

Tasa de Ocupación, cuyo importe anual, calculado para el presente año, asciende a la cantidad de ochocientos ochenta y siete mil seiscientos ochenta y cinco euros con veintiocho céntimos (887.685,28€), con sujeción a lo dispuesto en los artículos 173 al 182 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Tasa de Actividad, cuyo importe anual, calculado para el presente año, asciende a la cantidad de cuarenta y seis mil seiscientos ocho euros con sesenta y cinco céntimos (46.608,65 €) con sujeción a lo dispuesto en los artículos 183 al 192 del citado texto legal.

Lo que se publica para general conocimiento.

Santa Cruz de Tenerife, 14 de diciembre de 2018.- El Presidente, Pedro Suárez López de Vergara.

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