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Documento BOE-B-2018-59960

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 20 de diciembre de 2018, páginas 76319 a 76319 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-59960

TEXTO

Doña Ana-Rosa Igea Martínez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Zaragoza, por el presente,

Hago saber:

Que en el procedimiento concursal 1047/2018 seguido en este Juzgado, se ha dictado Auto de 10 de diciembre de 2018 declarando el concurso consecutivo y necesario de don Alexandre Artur Canelas Neri (con NIE núm. X-0573743-P y con domicilio en calle Inocencio Ruiz Lasala, n.º 61, 3.º C, de Zaragoza) y de doña María Rocío Ginés López (con DNI núm. 17.721.818-L y domicilio en calle Inocencio Ruiz Lasala, n.º 61, 3.º C, de Zaragoza), así como se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa con todos los efectos que ello conlleva, en concreto:

1.º Se han abierto las secciones 1.ª y 2.ª.

2.º Se ha nombrado Administradora Concursal a D.ª Ana Belén López López (con con domicilio en paseo Independencia, n.º 8, 7.º C, de Zaragoza), quien ha aceptado el cargo con fecha 17 de diciembre de 2018, designando a efecto de comunicaciones la dirección electrónica ana.lopez@conleyabogados.com

3.º Se ha concedido a los deudores el plazo de 15 días para solicitar en forma el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho –ex artículo 178.bis.2 de la Ley Concursal–, que deberá instarse en su caso con la asistencia de Abogado, no siendo preceptiva la intervención de Procurador.

4.º Se ha acordado la publicación en el BOE, en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del Juzgado.

5.º Se ha acordado librar mandamiento al Registro Civil para inscribir la declaración de concurso y su conclusión.

6.º Se ha acordado notificar esta resolución a los acreedores, a la concursada, a la TGSS, a la AEAT y a la DGA, lo que se verificará por medio de la Administración Concursal conforme al artículo 21.4 de la Ley Concursal para aquellos acreedores cuya identidad y domicilio le consten, sirviendo en todo caso la publicación de este edicto de comunicación en forma para aquellos que no hayan sido notificados por otro medio.

7.º Se ha acordado requerir a los concursados para que lo pongan en conocimiento de los Juzgados que, en su caso, conozcan de los procesos contra los concursados, a los efectos que en cada caso procedan.

Contra dicha resolución cabe recurso de apelación (artículo 176 bis.4 LC), que se presentará en el plazo de 20 días hábiles ante este Juzgado para su resolución por la Audiencia Provincial, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE.

Zaragoza, 17 de diciembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Rosa Igea Martínez.

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