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Documento BOE-B-2018-59479

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 17 de diciembre de 2018, páginas 75688 a 75688 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-59479

TEXTO

D.ª María del Mar Garcerán Donate, Letrado de la Administración de Justicia del Servicio Común de Ordenación del Procedimiento Civil de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en el Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Murcia, con el n.º 1119/2017 y NIG n.º 30030 42 1 2017 0009453 se ha dictado en fecha 18/10/2018 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor D. Francisco Frutos Orenes con DNI 34785148V, cuyo domicilio lo tiene en Calle Pintor Muñoz Barberán, 10, 2.º B de Alcantarilla (Murcia).

2.º-Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Se ha designado, como administración concursal a D. Alberto Soler Pérez, con domicilio postal Avenida Teniente Montesinos, 10, 5.ª planta, 30100 Murcia, teléfono 968 22 52 98 y dirección electrónica albertosoler@blazquezasociados.com, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5.º-La concursada ha solicitado la liquidación. Habiendo presentado la Administración Concursal plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de quince días para que el deudor y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

6.º-La publicación del concurso en el Registro Público Concursal.

Murcia, 12 de diciembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, María del Mar Garcerán Donate.

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