El Juzgado de lo Mercantil Núm. 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento Número 46/2012, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso con fecha 29-10-2018 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"PARTE DISPOSITIVA
1.- Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de Teknoinstal Atlantica, S.L., C.I.F. B-70.146.949, con domicilio social en la Travesía de la Gaiteira, número 7, bajo, de Coruña; con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal y el cese del Administrador Concursal.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad Teknoinstal Atlantica, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil (inscrita en el Registro Mercantil de Coruña, Tomo 2.346, Folio 163, Hoja C-24.603) y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la Administración Concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de Impugnación Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.)
Así lo manda y firma S.Sª Dª. María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número dos de Coruña. Doy fe".
Y para que sirva de notificación y su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", expido el presente edicto.
A Coruña, 19 de noviembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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