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Documento BOE-B-2018-58515

Resolución de la Consejería Economía, Industria, Comercio y Conocimiento de la Dirección de Industria y Energía de 19 de noviembre de 2018 por la que se concede la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas de alta tensión denominadas "Modificación de línea aérea de alta tensión 220 kV doble circuito Candelaria – Granadilla entre los apoyos T-0 y T-2 para construcción de la subestación Caletillas", expediente número SE-2017/057

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 11 de diciembre de 2018, páginas 74414 a 74421 (8 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Canarias
Referencia:
BOE-B-2018-58515

TEXTO

Antecedentes de hecho

1.º- Solicitud.

Con fecha 6 de noviembre de 2017 la entidad Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal (en lo sucesivo REE) presenta ante la Dirección General de Industria y Energía del Gobierno de Canarias solicitud de Autorización Administrativa y Declaración de Utilidad Pública para la construcción de las instalaciones contempladas en el proyecto denominado "Modificación de Línea aérea de alta tensión 220kV doble circuito Candelaria – Granadilla entre los apoyos T-0 y T-2 para construcción de la subestación Caletillas", con visado número TF26005/00 del C.O.I.I.TF. de fecha 6 de octubre de 2017, en el término municipal de Candelaria, asignándose el número de expediente SE-2017/057.

2.º- Descripción de las instalaciones proyectadas.

El proyecto de construcción de la futura subestación de Caletillas 220/66kV en el término municipal de Candelaria cuenta con Resolución de Autorización Administrativa y Declaración de utilidad pública número 682/2016 de 26 de abril así como con Declaración de Interés General aprobada por Decreto 11/2016, de 22 de febrero.

Para posibilitar su implantación, dado que la actual línea doble circuito a 220 kV, Candelaria – Granadilla sobrevuela la ubicación autorizada para la futura subestación, REE ha proyectado la modificación de dicha línea aérea entre los actuales apoyos T-0 y T-2 con una longitud aproximada de 0,492 kilómetros, así como el desmontaje entre dichos apoyos con una longitud aproximada de 0,499 kilómetros.

Esto implicará la eliminación del actual apoyo T-1 y la ubicación de dos nuevos apoyos:

T-1-1: Tipo D2A2L. Altura total 37m.

T-1-2: Tipo D2B. Altura total 43m.

El presupuesto de la actuación asciende a 408.579 euros.

3.º- Información Pública.

Mediante anuncio de la Dirección General de Industria y Energía de fecha 21 de noviembre de 2017, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 293 de 2 de diciembre de 2017, en el "Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife" número 146 de 6 de diciembre de 2017, en el "Boletín Oficial de Canarias" número 242 de 19 de diciembre de 2017, en el periódico El Día del 20 de diciembre de 2017, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Candelaria en forma de edicto y en la página web de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Consumo del Gobierno de Canarias, se sometió a información pública, durante el plazo de 30 días contados a partir del siguiente al de su publicación, el expediente relativo a la autorización administrativa y declaración de utilidad pública del expediente de referencia, con el fin de que cualquier persona física o jurídica pudiera consultarlo.

El citado expediente administrativo se expuso al público en la sede de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Consumo del Gobierno de Canarias en Santa Cruz de Tenerife y en el Ayuntamiento de Candelaria. No se recibieron alegaciones.

4.º- Consultas a Organismos afectados e informes recibidos

Durante la tramitación del expediente, se ha solicitado la emisión de informe a las siguientes Administraciones, Organismos y empresas:

1) Ayuntamiento de Candelaria: Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha 8 de noviembre de 2017, no recibiéndose contestación.

2) Cabildo de Tenerife: Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha 8 de noviembre de 2017. Se recibe informe favorable el 4 de enero de 2018 de todas las áreas afectadas, excepto del servicio de Carreteras y Paisajes. Se especifica en el mismo que se emite sin perjuicio del trámite de autorización administrativa en materia de carreteras de competencia insular. Dicho informe es aceptado por REE el 22 de enero del 2018.

3) Unión Eléctrica de Canarias Generación Sociedad Anónima: Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha 8 de noviembre de 2017. Se recibe informe condicionado el 27 de noviembre del 2018 en el que solicita que una vez ejecutada y puesta en servicio la interconexión entre la subestación Candelaria y la futura subestación Caletillas se proceda al desmantelamiento y retirada del tramo de línea entre la subestación Candelaria 220kV y el apoyo T-1-2. Dicho informe es aceptado por REE el 12 de diciembre del 2017.

4) Dirección General de Ordenación del Territorio: Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha 8 de noviembre de 2017, no recibiéndose contestación.

5) Dirección General de Patrimonio cultural: Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha 8 de noviembre de 2017. Se recibe informe favorable de 26 de enero del 2018.

6) Dirección General de Infraestructura Viaria: Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha 8 de noviembre de 2017. Se recibe el 5 de diciembre del 2017 solicitud de aclaraciones al proyecto, que el promotor aporta el 22 de diciembre de 2017 y son de nuevo remitidas a la Dirección General el 26 del mismo mes, recibiéndose con fecha 5 de enero de 2018 informe condicionado al preceptivo procedimiento de autorización por parte del Área de Carreteras del Excmo. Cabildo de Tenerife. Dicho informe es aceptado por REE el 22 de enero del 2018.

7) Dirección General de Política Energética y Minas: Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha 8 de noviembre de 2017. Se recibe informe favorable de fecha 28 de noviembre del 2017.

8) Consejo Insular de Aguas de Tenerife: Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha 8 de noviembre de 2017. Se recibe informe favorable-condicionado el 13 de abril del 2018.

9) Agencia Estatal de Seguridad Aérea: Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha 8 de noviembre de 2017. Se recibe comunicación el 23 de enero del 2018 en la que señalan que se deberá solicitar la correspondiente autorización en materia de servidumbres aeronáuticas.

10) Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada Unipersonal: Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha 8 de noviembre de 2017, no recibiéndose contestación.

11) Viceconsejería de Medio Ambiente: Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha 30 de abril del 2018, no recibiéndose contestación.

12) Compañía Telefónica de España Sociedad Anónima: Se solicita emisión de informe mediante oficio de fecha 8 de noviembre de 2017, no recibiéndose contestación.

5.º- Declaración de Interés General.

Con fecha 13 de abril de 2018, REE presenta una petición razonada para que se declare el interés general de las instalaciones.

Apreciadas las razones de urgencia y excepcional interés existentes para la ejecución de las instalaciones, valorados los intereses ambientales y territoriales, la Dirección General de Industria y Energía emite con fecha de 15 de junio de 2018 la Resolución número 1044/2018, de Declaración de Interés General de las instalaciones de conformidad con el artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario.

6.º- Consultas al Ayuntamiento de Candelaria y al Cabildo de Tenerife de conformidad con el artículo 6-bis de la Ley del Sector Eléctrico Canario.

La resolución número 1044/2018 de la Dirección General de Industria y Energía, de fecha de 15 de junio de 2018, por la que se declara el interés general de las instalaciones es trasladada en esa misma fecha al Ayuntamiento de Candelaria y al Cabildo de Tenerife, concediéndoles un plazo de un mes, de conformidad con el artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario, a los efectos de que informen sobre la conformidad o disconformidad del proyecto de referencia con el planeamiento territorial o urbanístico en vigor, haciéndoles saber que transcurrido dicho plazo se entenderá evacuado el trámite y se continuará el procedimiento. Se obtiene el siguiente resultado:

1) Ayuntamiento de Candelaria: constando en el expediente acuse de recibo de fecha 18 de junio de 2018 de la solicitud de informe de 15 de junio, no se recibe contestación.

2) Cabildo de Tenerife – Área de Política Territorial: Con fecha 27 de julio de 2018 se recibe Resolución de fecha 19 de julio de 2018 del Consejero Insular del Área de Política Territorial que resuelve que el Plan Insular de Ordenación de Tenerife no contiene determinaciones que afecten a la proyectada modificación de la línea eléctrica, de modo que el proyecto no es incompatible ni contradictorio con sus disposiciones.

7.º- Acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias sobre la ejecución del proyecto.

El Consejo de Gobierno de Canarias aprueba el Decreto 158/2018, de 12 de noviembre, por el que se acuerda la ejecución del proyecto denominado "Modificación de Línea aérea de alta tensión 220kV doble circuito Candelaria – Granadilla entre los apoyos T-0 y T-2 para construcción de la subestación Caletillas" (expediente SE-2017/057), promovido por Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, en el término municipal de Candelaria y se ordena la iniciación de la modificación del planeamiento afectado, que concluye lo siguiente:

"Primero.- Acordar la ejecución del proyecto "Modificación de Línea aérea de alta tensión 220kV doble circuito Candelaria – Granadilla entre los apoyos T-0 y T-2 para construcción de la subestación Caletillas" (expediente SE-2017/057), promovido por Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, a ubicar en el término municipal de Candelaria, que obra en la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento.

Segundo.- Ordenar paralelamente la iniciación del procedimiento de modificación del planeamiento urbanístico afectado (en concreto, el Plan General de Ordenación de Candelaria) en el plazo de seis meses desde la notificación del presente Decreto, en todas aquellas determinaciones que resulten incompatibles con la ejecución del proyecto."

Fundamentos jurídicos

I.- La ejecución de las instalaciones contempladas en el expediente de referencia requiere de autorización administrativa de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y en el resto de normativa vigente, en particular, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades del transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 y el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.

II.- Las instalaciones proyectadas se encuentran contempladas en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020 aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2015, publicado por Orden IET/2209/2015, de 21 de octubre (Boletín Oficial del Estado número 254 de 23 de octubre de 2015), resultando necesarias para aumentar la garantía, calidad y seguridad del suministro eléctrico en el sistema eléctrico de la isla de Tenerife.

III.- Las instalaciones que se pretenden declarar de interés general son necesarias para poder ejecutar la futura subestación de Caletillas 220/66 kV en el término municipal de Candelaria, declarada de interés general mediante la Resolución número 612/2015, de 8 de abril, de la Dirección General de Industria y Energía, habiéndose acordado su ejecución mediante el Decreto de Gobierno número 11/2016, de 22 de febrero, y que cuenta con Resolución de Autorización Administrativa y Declaración de utilidad pública número 682/2016 de 26 de abril (expediente SE 2010/145).

IV.- De acuerdo con los documentos obrantes en el expediente, la ejecución de las instalaciones proyectadas no requiere de evaluación de impacto ambiental por no encontrarse incluido el proyecto en alguno de los anexos de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental ni en la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

V.- De acuerdo con el informe recibido el 4 de enero de 2018 del Cabildo de Tenerife y su posterior Resolución de fecha 19 de julio de 2018, en relación a la conformidad de las instalaciones proyectadas con el Plan Insular de Ordenación de Tenerife, dicho Plan no contiene determinaciones que afecten a las instalaciones objeto del proyecto, correspondiendo al Plan General de Ordenación de Candelaria determinar su admisibilidad, no habiéndose recibido informe al respecto del Ayuntamiento de Candelaria a pesar de las solicitudes efectuadas por esta Dirección General con fechas 8 de noviembre de 2017 y 15 de junio de 2018.

VI.- La Resolución número 1044/2018 de la Dirección General de Industria y Energía, de fecha 15 de junio de 2018, por la que se declara el interés general de las instalaciones, justifica el interés general del proyecto una vez valorados los intereses ambientales y territoriales.

VII.- Mediante el Decreto número 158/2018, de 12 de noviembre, el Gobierno de Canarias ha decidido que procede la ejecución del proyecto, ordenando la iniciación del procedimiento de modificación del planeamiento urbanístico afectado.

VIII.- La Declaración de Utilidad Pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, implicando la urgente ocupación a los efectos previstos en el art. 52 de la Ley de Expropiación.

IX.- El Decreto 23/2016, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, establece que la Dirección General de Industria y Energía tiene atribuidas las competencias para otorgar la autorización administrativa de las instalaciones contempladas en el proyecto de referencia.

Propuesta de resolución

Primero.- Otorgar la autorización administrativa para la construcción de las instalaciones contempladas en el proyecto denominado "Modificación de Línea aérea de alta tensión 220kV doble circuito Candelaria – Granadilla entre los apoyos T-0 y T-2 para construcción de la subestación Caletillas", con visado número TF26005/00 del C.O.I.I.TF. de fecha 6 de octubre de 2017, en el término municipal de Candelaria, número de expediente SE-2017/057, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y resto de normativa de aplicación.

Segundo.- Declarar de Utilidad Pública las instalaciones contempladas en el proyecto anteriormente indicado, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. En el anexo se relacionan los bienes y titulares afectados por la declaración, en concreto, de utilidad pública, a los efectos previstos en los artículos 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Tercero.- El plazo máximo para presentar la solicitud de puesta en servicio de las instalaciones será de 12 meses, contados a partir de la notificación de la presente resolución. Dicha solicitud se ajustará a los términos previstos en el artículo 14 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre.

Cuarto.- La ejecución de las instalaciones se ajustará estrictamente al proyecto identificado en la presente resolución, excepto las modificaciones no sustanciales, que deberán contemplarse como anexos al Certificado de Dirección y Finalización de Obra según lo indicado en el artículo 45 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre. Cualquier modificación sustancial de las características de la instalación autorizada exigirá nueva resolución de autorización administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.5 de dicho Reglamento.

Quinto.- Las obras se ejecutarán de conformidad con los condicionados técnicos emitidos por los organismos que se encuentren afectados.

Sexto.- La instalación deberá ser ejecutada por instalador o empresa instaladora en alta tensión.

Séptimo.- Durante el desarrollo y ejecución de las instalaciones, se deberá cumplir lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

Octavo.- Esta autorización se concede con los efectos previstos en el artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario, y sin perjuicio de la obtención de cualquier otra autorización exigible por la legislación vigente, cuyo otorgamiento competa a otras Administraciones y Organismos Públicos.

Noveno.- Previos los trámites legales oportunos, la Administración podrá declarar la nulidad de esta autorización si se comprobase la inexactitud de las declaraciones del peticionario que figuran en el expediente, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.3 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, así como en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Décimo.- En materia de caducidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre y en el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Vistos los antecedentes mencionados y en virtud de las competencias que me han sido conferidas,

Resuelvo

Primero.-Aceptar en todos sus términos la propuesta anterior.

Segundo.-Notificar la presente resolución al promotor, a los organismos que informaron o debieron informar en el procedimiento y a los interesados cuyos derechos e intereses resulten afectados por la misma.

Tercero.-Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de Canarias y Boletín Oficial de la Provincia.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor Viceconsejero de Industria, Energía y Comercio, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Anexo

Relación concreta e individualizada de bienes o derechos de necesaria expropiación

Parcela Proyecto Propietario Referencia Catastral Poligono Parcela Servidumbre Vuelo (m2) Zona de Seguridad (m2) Apoyos Superficie apoyos y anillo tierra (m2) Superficie Tala (m2) Ocupación Temporal (m2) Acceso al apoyo Servidumbre de paso (m2) Naturaleza del terreno
2 Gobierno de Canarias 38011A00309000 3 9.000 461 188 - - - - - - Vía de comunicación de dominio público TF-1
3 Unión Eléctrica de Canarias, Sociedad Anónima 38011A00300042 3 42 82 129 - - - 919 T-0;T-1-1 199 Pastos
4 Unión Eléctrica Canarias Generación, Sociedad Anónima 38011A00300227 3 227 2.320 1.666 T-1-1 105 - 3.231 T-1-1 541 Pastos
5 Herederos de Alonso Morales José 38011A00300031 3 31 106 131 - - - 423 - - Labor o labradío secano
6 Rodriguez Castillo Francisco 38011A00300030 3 30 626 222 T-1-2 17 - 543 - - Pastos
7 Duque Izquierdo Fermín 38011A00300025 3 25 - 6 - - - 77 T-1-2 189 Labor o labradío secano
8 Herederos de Nuñez Pestano Antonio Máximo 38011A00300026 3 26 650 333 T-1-2 268 - 1.304 T-1-2 84 Pastos
8-1 Duque García Maria Belén; Duque García Juan Manuel; Duque García Fermín Juan 6602208CS6460S 66.022 8 - - - - - - T-1-2 142 Improductivo
8-2 Unión Eléctrica Canarias Generación, Sociedad Anónima 38011A00300228 3 228 - - - - - - T-1-2 432 Labor o labradío secano
9 Torres Coello Elfidio Juan 38011A00300024 3 24 627 279 - - - 425 - - Frutales secano, Improductivo
10 Marrero Sosa Juan Isidro 38011A00300190 3 190 299 74 - - - 235 - - Labor o labradío secano
11 En investigación, artículo 47 de la Ley 33/2003 38011A00300230 3 230 25 58 - - - 39 - - Labor o labradío secano
12 Gobierno de Canarias 38011A00409000 4 9.000 962 374 - - - - - - Vía de comunicación de dominio público TF-1
13 Rosa Pino Domingo; Vidarte Díaz M Rosa; Vidarte Chico Luis; Vidarte Chico Juan Jose; Vidarte Chico Victor; Vidarte Chico Rosa M 38011A00400008 4 8 2.886 1.484 - - - 4.548 T-2 1.387 Pastos
13-3 En investigación, artículo 47 de la Ley 33/2003 38011A00300003 3 3 - - - - - - T-2 110 Urbanizable
13-4 Pestano del Castillo Eulalia Idensa 38011A00300010 3 10 - - - - - - T-2 130 Urbanizable
13-5 Barrios Perdono David 38011A00300019 3 19 - - - - - - T-2 104 Urbanizable
13-6 Oliva Coello María 38011A00300011 3 11 - - - - - - T-2 158 Labor o labradío secano
13-8 Coello Pestano Segundo 38011A00300012 3 12 - - - - - - T-2 275 Pastos
13-10 Ramos Nuñez Carmen Paula 38011A00300013 3 13 - - - - - - T-2 118 Pastos
13-11 Gonzalo Mulero María Candelaria; En investigación, articulo 47 de la Ley 33/2003 38011A00300014 3 14 - - - - - - T-2 116 Pastos
13-12 Gonzalo Mulero María Candelaria; En investigación, articulo 47 de la Ley 33/2003 38011A00300015 3 15 - - - - - - T-2 210 Pastos

Santa Cruz de Tenerife, 19 de noviembre de 2018.- Director General de Industria y Energía, Justo Artiles Sánchez.

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