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Documento BOE-B-2018-58305

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria sobre la aprobación del expediente de información pública y definitivamente el proyecto de trazado "Autovía A-67. Ampliación de capacidad. Tramo: Polanco – Santander", Provincia de Cantabria. Clave: 14-S-6050.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 10 de diciembre de 2018, páginas 74136 a 74138 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2018-58305

TEXTO

Con fecha 26 de octubre de 2018 la Dirección General de Carreteras ha propuesto la aprobación del Expediente de Información Pública y definitiva del Proyecto de Trazado de referencia.

En base a la Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio, por la que se modifica la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento, resuelvo:

1. Aprobar el Expediente de Información Pública y definitivamente el Proyecto de Trazado "Autovía A-67. Ampliación de Capacidad. Tramo: Polanco-Santander", con un Presupuesto Base de Licitación (I.V.A. excluido) estimado de 102.088.523,38 euros, con las siguientes prescripciones a cumplimentar en el Proyecto de Construcción:

1.1. Se revisará y subsanará el Anejo de Expropiaciones con el fin de componer una relación de afectados veraz y completa, considerando las alegaciones efectuadas relativas a modificaciones de superficies, bienes valorables en ellas o naturaleza y usos de las mismas, así como las referentes a la titularidad de las fincas, siempre que se hayan demostrado fehacientemente las titularidades y éstas estén inscritas en los registros oficiales, incluido el Catastro, sin perjuicio de las verificaciones pertinentes en el momento de levantamiento de actas previas.

1.2. Durante el procedimiento expropiatorio se estudiará si procede la expropiación de la vivienda situada en la finca 39.0529-0087, de la totalidad del terreno y vivienda situados en la finca 39.0529-0104, de la finca 39.0529-0114 y del terreno y vivienda situados en la finca 39.0731-0063.

1.3. Ateniéndose al artículo 34.1 de la Ley 37/2015 de Carreteras, durante el procedimiento expropiatorio se decidirá si expropiar la zona de dominio público en la finca 39.0540-0079, por afectar a sus instalaciones. En todo caso, según la disposición transitoria segunda, quedarían sujetos al régimen establecido en la Ley de Carreteras para la utilización del dominio público.

1.4. Se estudiará la modificación de la reposición de los diferentes servicios a su paso por las fincas 39.0540-0079, 39.0443-0054, 39.0529-0079, 39.0529-0081, 39.0529-0098 y 39.0731-0039, con el fin de minimizar la afección a las mismas. Asimismo, se buscará la reubicación de la antena de telefonía móvil situada en la finca 39.0731-0060.

1.5. Se estudiará el diseño de la futura glorieta del Enlace de Polanco, de forma que la misma pueda albergar las trayectorias de giro de transportes especiales.

1.6. Se estudiará la modificación del trazado del eje 100 con el fin de afectar lo menos posible a las fincas 39.0529-0039, 39.0529-0056, 39.0529-0061 y 39.0529-0064, garantizando el adecuado acceso a las mismas.

1.7. Se estudiará el trazado del eje 85 para minimizar la afección al acceso de la finca 39.0529-0077.

1.8. Se estudiará la posibilidad de ejecutar la continuidad del paso inferior PI 194+880 por la finca 39.0529-0083, para la cual está prevista la expropiación total.

1.9. Se estudiará la minimización de la afección al Barrio de El Cabañón, en torno al pk 196+000, ajustando los elementos de la sección transversal de la autovía, y acercando el camino de servicio al muro a ejecutar de forma que la traza del conjunto de actuaciones proyectadas minimice la ocupación en las proximidades de las viviendas.

1.10. Se estudiará la Implantación de un muro de contención en la zona de la traza que transcurre en las inmediaciones del colegio María Torner, para evitar la mayor ocupación y proximidad que generaba el desmonte previsto. De forma análoga, se rectificará el trazado y la tipología del encauzamiento del arroyo de Otero para reducir la longitud de su reposición, así como la ocupación generada, consiguiendo con esto evitar la ocupación a las zonas verdes anexas al colegio y viviendas de la zona.

1.11. Para garantizar la seguridad en las proximidades del colegio María Torner por posible salida de un vehículo, se propone la instalación de sistemas de contención con un nivel de contención H4b.

1.12. Se analizará el diseño de una pasarela peatonal y ciclista en las inmediaciones del enlace de Mompía.

1.13. Se estudiará el diseño del encauzamiento previsto para el arroyo de Otero para minimizar la afección a las fincas 39.0731-0051 y 39. 0731- 0053, garantizando el acceso a las mismas.

1.14. Se estudiará la sección del paso superior PS 198+100 para incluir acera peatonal y carril bici, así como la prolongación de estos, y se repondrán las escaleras de acceso actuales. Adicionalmente, se analizará cómo minimizar la afección al noreste de este nuevo paso superior.

1.15. En el paso inferior PI 198+510, se estudiará la ampliación del gálibo horizontal a 16 m.

1.16. Entre el PS 198+100 y el PI 198+510 se minimizará la ocupación de la zona al norte de la A-67, dentro de lo técnicamente posible.

1.17. Se estudiarán todas las zonas verdes entre la autovía y el núcleo de viviendas de Bezana de tal forma que la afección a éstas sea la mínima posible, no dejando espacios residuales y tomando medidas ambientales y paisajísticas compensatorias.

1.18. En la finca 39.0529-0080 se estudiará la eliminación del talud de desmonte previsto, mediante la implantación de un muro para minimizar la afección.

1.19. Se estudiará la posibilidad de reducir la afección a las fincas 39.0529-0071 y 39.0529 -0084.

1.20. Se estudiará la estabilidad del desmonte en las fincas 39.0529-103 y 39.0529-106 y la posibilidad de prolongar el muro previsto por ambos extremos para eliminar el desmonte en las proximidades de las viviendas.

1.21. Se determinará si es posible no ocupar temporalmente las fincas 39.0529-0129 y 39.0731-0009 con las zonas de instalaciones auxiliares.

1.22. Se llevará a cabo un estudio de ruido en el que se precisará la ubicación de las pantallas acústicas necesarias.

1.23. Se deberá proseguir la tramitación de los proyectos de reposición de servicios de acuerdo con lo dispuesto en la Circular sobre "Modificación de servicios en los proyectos de obras", de 7 de marzo de 1994.

1.24. Se adaptará el Proyecto, en la medida de lo posible, a la Orden FOM/3317/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción sobre las medidas específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento.

2. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria notifique la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que comunico para su general conocimiento.

Santander, 4 de diciembre de 2018.- El Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, Fernando Hernández Alastuey.

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