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Documento BOE-B-2018-57754

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 4 de diciembre de 2018, páginas 73420 a 73420 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-57754

TEXTO

EDICTO

Don Xavier Garcia Bonet, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1579/2018. Sección: A.

NIG: 0801947120188014131.

Fecha del auto de declaración. 14/11/2018.

Clase de concurso. VOLUNTARIO CONSECUTIVO.

Entidad concursada. Horacio Andrés Camacho Jaramillo, con NIF 26333561X.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal: Cesar Castañón García-Alix. Dirección postal: Calle Escoles Pies, 18, bjos., Barcelona. Dirección electrónica: cesarcastanon@bcnabogados.es

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Solicitada la conclusión por insuficiencia de masa activa e informado favorablemente sobre la concurrencia de los requisitos establecidos legalmente para la exoneración del pasivo insatisfecho, dese traslado a los acreedores por CINCO DÍAS a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOE para que manifiesten lo que a su derecho convenga.

El deudor, en el mismo plazo podrá presentar su solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es.

Barcelona, 27 de noviembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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