Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almeria en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
Que en el procedimiento número 563/2018, con NIG 0401342120180015904 se ha dictado Auto con fecha 31 de octubre de 2018, en el que se acuerda:
1.-Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor BARJOSANTO, S.L., en liquidación, con domicilio social en calle San Sebastián nº 4 de Cuevas del Almanzora (Almería), inscrita en el Registro Mercantil de Almería al folio 39, tomo 1.174, hoja AL-31318, inscripción 1ª, con CIF B-04613824, representado por la Procuradora doña Pilar Rubio Mañas. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales del Capítulo II del Título VIII LC para el procedimiento abreviado.
2.- El deudor BARJOSANTO, S.L., en liquidación, conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
3.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3ª del apartado 1º del artículo 176.bis LC, con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:
a) Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
b) Firme la resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el artículo 24 LC; declarando la gratuidad de la inscripción en el «BOE».
c) Se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente resolución.
Almería, 31 de octubre de 2018.- La Jueza, M.ª del Mar Alejo Rico.
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