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Documento BOE-B-2018-57321

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 3 de diciembre de 2018, páginas 72921 a 72922 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
AUDIENCIAS PROVINCIALES
Referencia:
BOE-B-2018-57321

TEXTO

Doña M.ª Ángeles Carballo Martínez, Letrada de la Admón. de Justicia de la Sección número 2 de la Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial de Madrid, por medio del presente,

Certifico: Que constando la firmeza de la sentencia dictada en la causa de referencia, sin que el condenado haya satisfecho las responsabilidades civiles, y vista la condena por tres delitos contra la Hacienda Pública del artículo 305.bis.A) del C. Penal y de lo preceptuado en la L.O. 10/2015, de 10 de septiembre, procede conforme al artículo 235.ter de la LOPJ, emitir certificado en el que se hace constar los datos de los apartados a, b, c, d y e para su publicación en el BOE, tratándose la presente de jurisdicción penal y la gratuidad de la misma:

a) Datos de identificación proceso judicial: ejecutoria penal 66/2018, que procede del procedimiento abreviado 864/2016 de esta Sección 2.ª y que a su vez dimana de las Diligencias Previas 318/2003 del Juzgado de Instrucción n.º 19 de Madrid.

b) Nombre y apellidos del condenado: El condenado se llama Adolfo Carlos Iranzo Sánchez y los responsables civiles subsidiarios son las mercantiles Anroch Trust Capital Corporation, S.L., con CIF B80721319, y Anrosia, S.L., con CIF B82746413.

c) delito por el que ha sido condenado: Delitos contra la Hacienda Pública.

d) penas impuestas:

1.º Por un delito contra la Hacienda Pública relativo al Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al ejercicio del año 2001 en concurso medial con el delito de falsedad en documento mercantil, a la pena de 6 meses y 1 día de prisión, inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa del 50 por 100 de la cuota defraudada, esto es, 410.222,20 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, de dos meses y 15 días; y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social por tiempo de un año.

2.º Por el delito contra la Hacienda Pública relativo al impuesto especial sobre bebidas alcohólicas correspondiente al ejercicio del año 2001 en concurso medial con el delito de falsedad documental, a la pena de 6 meses y 1 día de prisión, inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa del 50 por 100 de la cuota defraudada, esto es, 786.918,05 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, de tres meses; y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social por tiempo de un año.

3.º Y por un delito contra la Hacienda Pública relativo al impuesto especial sobre bebidas alcohólicas correspondiente al ejercicio del año 2002, en concurso medial con el delito de falsedad documental, a la pena de 3 meses y 1 día de prisión, inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, el 25 por 100 de la cuota defraudada, esto es, una Multa de 39.611 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, de un mes.

Todo ello con aplicación de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas apreciada como muy cualificada.

Y se le impone, igualmente, el pago de las costas procesales.

En cuanto a la responsabilidad civil, 2.552.726,12 euros más los intereses solicitados en el Escrito de conclusiones particulares.

Y ello con la de responsabilidad civil subsidiaria conjunta de las mercantiles Anroch Trust Capital Corporation, S.L. y Anrosia, S.L.

e) cuantía correspondiente al perjuicio causado a la Hacienda Pública el establecido en la sentencia: indicado en apartado anterior.

En su virtud, y para que surta los efectos oportunos ante quien proceda, expido y firmo el presente.

Madrid, 31 de octubre de 2018.- Letrada de la Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Madrid, María de los Ángeles Carballo Martínez.

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