Está Vd. en

Documento BOE-B-2018-55368

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 22 de noviembre de 2018, páginas 70538 a 70538 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-55368

TEXTO

Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,

Hace saber:

Que en este Juzgado y con el número 101/2015-C-, se siguen autos de Concurso Voluntario Ordinario, en los que por auto de 13.11.2018, ya firme, se ha decretado la conclusión por finalización de la liquidación, al amparo del art. 152.2. de la L.C.; resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.-Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de CATERING EL CANARIO, SLU (CIF B-36.376.382, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Libro 2.597 de sociedades, Folio 103, Hoja PO-27.926, inscripción 1ª); MANUEL RODRÍGUEZ CASAL, SLU (CIF B -36.019.057, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Libro 1.193 de sociedades, Folio 8, Hoja PO-6.310, inscripción 1ª); y GASTRONOMÍA DEL NOROESTE, SLU (CIF B-36.382.372, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Libro 2.627 de sociedades, Folio 25, Hoja PO -28.421, inscripción 1ª); todas ellas con domicilio en avenida de Vigo nº 194 de Chapela, Redondela, con los efectos legales inherentes.

2.-Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.-Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.

4.-Se acuerda la extinción de la sociedad CATERING EL CANARIO, S.L.U., MANUEL RODRÍGUEZ CASAL, S.L.U. Y GASTRONOMÍA DEL NOROESTE S.L.U. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5.-Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el «BOE» y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6.-Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

Modo de impugnación Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).

Así lo manda y firma S.S. Doy fe.

Y para que conste, expido el presente en Pontevedra.

Pontevedra, 13 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid